Los cambios se diseñaron bajo la premisa de “costo cero”, es decir, no generarán costos adicionales. ”Vamos a hacer más con menos”, dijo el presidente de la entidad.
En el trimestre móvil noviembre de 2016 a enero del 2017, la desocupación se ubicó en 9,3%, completando 4 períodos consecutivos de un dígito.
Las entidades territoriales pueden adoptar los beneficios tributarios señalados en la Ley 1819 de 2016, considerando que el parágrafo 4° del artículo 306 de la mencionada ley, faculta a los entes territoriales para realizar las terminaciones por mutuo acuerdo de los procesos administrativos tributarios.
Daniel Sarmiento Pavas, miembro del Consejo Técnico de la Contaduría Pública, presidirá una de las mesas de trabajo de la agenda del encuentro semestral del International Forum of Accouting Standard Setter (IFASS) en Taipéi, China.
Mediante el artículo 261 de la Ley de reforma tributaria 1819 de 2016 se adicionó el artículo 764-6 al ET con el propósito de reglamentar el término de respuesta de las actuaciones derivadas de una liquidación provisional, el cual varía según el tipo de acto al que reemplace dicha liquidación.
Con la Ley de reforma tributaria estructural 1819 de 2016 se introdujo una novedad en el remate de bienes que se realiza dentro del proceso de cobro coactivo, ahora este remate podrá llevarse a cabo de manera virtual. También hubo otros cambios introducidos por el artículo 266 de dicha ley.
Mediante el artículo 264 de la Ley de reforma tributaria estructural se modificó el parágrafo del artículo 838 del ET, que regula sobre el límite de los embargos dentro del proceso de cobro coactivo. A continuación detallamos las reglas a seguir cuando se vaya a realizar el avalúo de los bienes.
El próximo lunes 6 de marzo comienza a aplicarse el papayazo tributario en la ciudad de Cali. Reducción de intereses de mora y sanciones para los caleños.
La excepción contemplada en el numeral 2° del artículo 592 del ET, aplicando la regla de interpretación gramatical del artículo 27 del Código Civil, hace referencia a la condición que se deben cumplir para no estar obligado al requisito formal de presentar declaración de renta por un no residente en Colombia. En ese orden, la norma establece que las personas naturales no residentes, sociedades o entidades extranjeras no están obligadas a presentar declaración de renta, cuando a la totalidad de sus ingresos por determinados conceptos se les practique la debida retención en la fuente; así que, no residentes cuyas cuentas bancarias que generen rendimientos financieros a su favor, y no se les practique la tarifa de retención correspondiente del artículo 407 al 411 del ET, estarán obligados a presentar declaración de renta por la totalidad de sus ingresos de fuente nacional en los plazos señalados por el Gobierno Nacional.
Felicitaciones para este contador público caleño con más de 25 años de experiencia en el campo contable nacional e internacional. El nuevo consejero será posesionado por el Ministro de Hacienda, el jueves 2 de marzo de 2017.
Ministerio de Hacienda. Por el cual se adiciona el Título 7 a la Parte 1 del Libro 1 del Decreto 1068 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público y se reglamenta la composición y funcionamiento de la Comisión de estudio del gasto público y de fa inversión en Colombia de que trata el artículo 361 de la Ley 1819 de 2016.
DIAN. En el cual se da claridad sobre los contratos suscritos entre agencias de viaje y las entidades del Estado, además de la tarifa del IVA aplicable en la facturación.