Actualícese.com
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Etiqueta: sociedades comerciales

Sociedad limitada

Derecho Comercial Publicado: 25 septiembre, 2017

En esta sociedad los socios responden hasta el monto de sus aportes, su registro puede llevarse a cabo en cualquier tiempo, pues la ley no fija un término especial para ello, pero los actos y documentos sujetos a registro producirán efectos respecto de terceros a partir de la fecha de la inscripción.

[Infografía] Proceso de reorganización de sociedades comerciales

ACTUALIDAD, Derecho Comercial Publicado: 25 septiembre, 2017

El proceso de reorganización pretende, a través de un acuerdo, preservar empresas viables y normalizar sus relaciones comerciales y crediticias mediante su reestructuración operacional, administrativa, de activos o pasivos. Su inicio supone una cesación de pagos o la incapacidad de pago inminente.

Representante legal de la compañía puede residir en un lugar diferente al domicilio social

ACTUALIDAD, Derecho Comercial Publicado: 25 septiembre, 2017

En la legislación mercantil no existe norma legal alguna que prohíba que el representante legal, sea principal o suplente, resida en un lugar diferente a aquel en que la sociedad tenga establecido su domicilio social, por ende, es discrecional de las partes determinar el lugar de residencia de este.

Certificado de existencia y representación legal

ACTUALIDAD, Derecho Comercial, Propiedad Horizontal Publicado: 11 septiembre, 2017

El certificado de existencia y representación legal es un documento que da sustento probatorio a una persona jurídica que generalmente es una sociedad comercial, el cual es expedido por las cámaras de comercio, también es conocido como certificado de cámara de comercio.

Derechos marcarios, generalidades y medidas para su protección

ACTUALIDAD, Derecho Comercial Publicado: 11 septiembre, 2017

Los derechos marcarios están orientados a la protección de los signos y slogans que distinguen un producto o servicio en el mercado. Cuando se presentan conflictos entre marcas, existen ciertos mecanismos para determinar el grado de confundibilidad, e igualmente existen acciones para contrarrestarlos.

Cuotas sociales después que un socio fallece

ACTUALIDAD, Derecho Comercial Publicado: 14 agosto, 2017

Cuando un socio fallece, aunque la regla general es que sus herederos entren a ocupar su lugar en la sociedad, debe tenerse claro que esto sucede después que las cuotas sociales les sean adjudicadas a través de un proceso de sucesión que deberá adelantarse ante notario público o un juez de familia.

Oficio 220-177282 de 11-08-2017

Concepto / Oficio, Derecho Comercial, NORMATIVIDAD Publicado: 11 agosto, 2017

De acuerdo con lo previsto en el artículo 8 de la Ley 1231 de 2008, modificado por el artículo 88 de la Ley 1676 de 2013, la condición mínima para aquellas entidades que deseen ejercer el factoring en Colombia es estar legalmente organizados como persona jurídica y estar inscritos en la Cámara de Comercio. Quien cumpla con tal condición podrá operar como factor; sin embargo, las condiciones para el ejercicio de dicha actividad no serán las mismas a las que debe sujetarse una empresa que se constituya como sociedad comercial cuyo objeto social consista exclusivamente en realizar operaciones de factoring, pues en esta última está sometida a la vigilancia de la Superintendencia de Sociedades y a los montos de solvencia previstos en la norma; las demás empresas autorizadas para hacer factoring, pero que no se dediquen en exclusiva a esta actividad, en principio no quedarían sujetas a este régimen de controles (estas sociedades quedarían sujetas a la vigilancia de la Superintendencia de Sociedades solo si cumplen con las condiciones previstas en el Decreto 4350 de 2006, pero no operaría respecto de ellas las causales establecidas en los literales f) y g) del artículo 5 del decreto en mención).

Inscripción de libros electrónicos: ¿cómo se realiza?

ACTUALIDAD, Derecho Comercial Publicado: 4 agosto, 2017

Sociedades comerciales y entidades sin ánimo de lucro deben tener presente inscribir sus libros electrónicos, según el Decreto 19 de 2012 y la normatividad expuesta por la Superintendencia de Industria y Comercio. A continuación, describimos los puntos que se deben tener en cuenta para este trámite.

Sociedades pueden tener como objeto la abogacía sin que los socios ostenten esta profesión

ACTUALIDAD, Derecho Comercial Publicado: 31 julio, 2017

Sociedades pueden adelantar actividades no mercantiles como la prestación de servicios propios de la abogacía, teniendo en cuenta que estas actividades están sujetas a actos que constituyen el objeto social y no a la estructura organizacional a través de la cual se presta el servicio.

Resolución 514-000738 de 21-07-2017

Derecho Comercial, NORMATIVIDAD, Resolución Publicado: 21 julio, 2017

El 21 de julio de 2017 la Superintendencia de Sociedades expidió la Resolución 515-000738 mediante la cual establece la tarifa de la contribución a cobrar a las sociedades que se encuentran bajo su vigilancia, señalada en el artículo 44 de la Ley 1429 de 2010, el cual modificó el artículo 121 de la Ley 1116 de 2016. De acuerdo con la resolución, la tarifa de la contribución correspondiente al año 2017 será de quince treinta y siete centavos ($0.1537) por cada mil pesos ($1.000) de activos totales. El monto total en ningún caso podrá exceder del 1 % del total de las contribuciones, ni ser inferior a un (1) salario mínimo legal mensual vigente. El pago se deberá realizar dentro de los veinte (20) días calendario siguientes a la fecha de expedición de la cuenta de cobro.

Concepto 220-140496 del 14-07-2017    

Concepto / Oficio, Derecho Comercial, NORMATIVIDAD Publicado: 14 julio, 2017

La Superintendencia de Sociedades estableció que todas las decisiones que tome el accionista único en el ejercicio de sus atribuciones estatutarias y/o legales deben documentarse en un acta elaborada con sujeción a las reglas establecidas en el artículo 189 del Código de Comercio.

Oficio 220-140193 de 13-07-2017

Concepto / Oficio, Derecho Comercial, NORMATIVIDAD Publicado: 13 julio, 2017

Respecto a la convocatoria de la asamblea de accionistas en una SAS, la Supersociedades señala que el artículo 20 de la Ley 1258 de 2008 otorga a los accionistas la libertad contractual para determinar a su discreción las reglas aplicables en este aspecto; en caso de no hacer uso de esta libertad será obligatorio que: a) La citación la haga el representante legal a través de un medio escrito; b) Sea que se trate de una asamblea ordinaria o extraordinaria, entre la fecha de la citación y la de la asamblea deben mediar cinco días hábiles, sin contar el día de la citación ni el de la reunión; c) Las convocatorias, sin excepción, deben incluir el orden del día a tratar; d) El derecho de inspección podrá ser ejercido por los accionistas durante los cinco días hábiles anteriores a la reunión, en los casos en los que el máximo órgano social vaya a aprobar balances de fin de ejercicio u operaciones de fusión, transformación o escisión. No obstante, cabe señalar que el artículo 21 de la citada ley permite que cualquier accionista renuncie a la convocatoria, no como una renuncia permanente al derecho de ser convocado, ni como un mecanismo que pueda pactarse de manera general, sino como un acto individual que se puede ejercer respecto de una reunión específica, para lo cual es indispensable que medie comunicación escrita en tal sentido, expresada antes, durante o después de celebrada la reunión.

Descubre más recursos registrándote o logueándote. Iniciar sesión Registro gratuito