Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Día: 29 de julio de 2013

¿Se les debe practicar retenciones a las copropiedades que están explotando sus áreas comunes?

ACTUALIDAD, Impuestos Publicado: 29 julio, 2013

Las copropiedades comerciales o mixtas que se convierten en contribuyentes del impuesto de renta, por explotar sus áreas comunes, son entidades que empiezan a pertenecer al régimen tributario especial y en ese caso sí se les deben practicar retenciones a título de renta, pero solo por dos conceptos especiales de acuerdo a lo establecido en el art. 14 del Decreto 4400 de 2004.

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