Tratasmiento tributario para ingresos percibidos por usuario de Zonas Francas.
La exención al impuesto de timbre nacional en los términos del artículo 532 del ET, se refiere a las empresas de servicios públicos mixtas constituidas como sociedades por acciones, y cubre los pagos o abonos de los contratos de cuantía indeterminada, celebrados por tales entidades, en cuanto cumplan la condición señalada en la ley. De manera que el impuesto indebidamente retenido puede ser devuelto por el retenedor, previa solicitud escrita de la empresa afectada con la retención, en cuanto se prueben las circunstancias que acreditan la exención, documento soporte que debe conservar el retenedor que hace la devolución.
Zonas Francas. Exención para materiales de construcción.
Bonos, Factor de Interés, Normativa.
Del reparto de utilidades en forma anticipada sin considerar el porcentaje de participación.
Servicios excluidos. Administradoras de Riesgos Profesionales.
Es deber de los administradores disponer lo necesario para que los asociados puedan inspeccionar en forma permanente los libros y demás documentos que señale la ley, así como designar la persona que se encargará de suministrar la información, para que el interesado no tenga que recurrir a los distintos empleados de la organización.
La obligación de la administración de la compañía es permitir el acceso a la información de la sociedad, sea que se encuentre ésta en libros o en medios electrónicos, más no comporta necesariamente la entrega de los documentos o del back-up de la información, pues tal exigencia sobrepasaría lo dispuesto en el artículo 66 del Estatuto Mercantil.
Endoso de facturas originadas en servicio de transporte.
Respuesta solicitud información sobre certificación de estados financieros de empresas extranjeras por funcionarios (extranjeros) que los elaboraron.
Servicios excluidos.
Servicios excluidos. Servicios destinados a la educación de tierras y la producción agropecuaria. Servicios gravados. Contrato de consultoría.