¿Las personas naturales del exterior que lleguen a tener en Colombia “Presencia económica significativa”, seguirán siendo responsables del impuesto de renta en Colombia cuando fallezcan y se conviertan en “sucesiones ilíquidas”?
¿Las sucesiones ilíquidas se pueden inscribir en el régimen simple? ¿Qué sucede cuando una persona natural ya venía funcionando en el régimen simple pero fallece?
En la depuración de la base del impuesto al patrimonio de los años 2024 y siguientes ¿las sucesiones ilíquidas pueden restar el valor correspondiente a la “casa de habitación”?
¿Cómo se efectúa el proceso de cancelar el RUT de una “sucesión ilíquida”?
¿Cuál sección del formulario 210 o 110 sería la que deben utilizar las personas naturales residentes y las personas naturales no residentes para reportar los “ingresos en especie” a que se refiere el nuevo artículo 29-1 creado con el art. 59 de la Ley 2277 de 2022?
¿Cuál es el nuevo código de responsabilidad que la DIAN diseñó para que figuren en la casilla 53 de la primera página del RUT de los contribuyentes que estando en el exterior terminen teniendo en Colombia “Presencia económica significativa”?
¿Cuál es el nuevo código de responsabilidad que la DIAN diseñó para que figuren en la casilla 53 de la primera página del RUT de los contribuyentes que sean responsables del “impuesto a los plásticos de un solo uso”?
¿Cuáles son los nuevos códigos de responsabilidad que la DIAN diseñó para que figuren en la casilla 53 de la primera página del RUT de los contribuyentes que deban declarar los “Impuestos saludables”?
Si una persona natural residente por el año gravable 2023 cumplió por primera vez los topes que la obligan a presentar declaración de renta por dicho año gravable ¿hasta qué momento tiene oportunidad para inscribirse en el RUT?
¿Cuál es la nueva forma en que se deberá calcular, dentro de la cedulación del año gravable 2023 de las personas naturales residentes, la tributación sobre los dividendos no gravados y gravados de los años 2017 y siguientes entregados por sociedades que no lleven a cabo las megainversiones de los artículos 235-3 y 235-4 del ET?
¿Cuál es el nuevo límite en valores absolutos que se deberá tomar en cuenta al momento someter a límite, en la cedulación del año gravable 2023 de las personas naturales, la mayoría de las rentas exentas y las deducciones especiales que sí se deben someter a límite?
¿Cuál es el nuevo límite en valores absolutos que se deberá tomar en cuenta al momento de restar, en la cedulación de las personas naturales residentes del año gravable 2023, el 25% de rentas de trabajo exento a que se refiere el numeral 10 del artículo 206 del ET?