La sección 11 del Estándar para Pymes establece que una entidad debe reconocer el deterioro de su cartera cuando tenga evidencia de que no podrá recuperar, en todo o en parte, el valor de la partida. En una copropiedad se pueden presentar varias situaciones que generan dicho deterioro.
Modelo de contrato de compraventa de bien inmueble no sometido al régimen de propiedad horizontal, de carácter general, de acuerdo a la normatividad vigente; acompañado de minuta correspondiente a la constancia notarial.
A la hora de llevar a cabo el proceso de venta de un inmueble sometido al régimen de propiedad horizontal, es necesario que las partes pacten un contrato de venta; el presente formato es una guía de carácter general que incluye un modelo a seguir para constancia notarial.
Los conjuntos residenciales están obligados a llevar contabilidad de acuerdo con el artículo 51 de la Ley 675 de 2001, para lo cual deberán aplicar el marco técnico normativo que sea pertinente según lo establecido en el Decreto 2420 de 2015 y en otras normas que lo modifiquen, adicionen o sustituyan.
Aunque en una propiedad horizontal el administrador responde por la contabilidad, así como lo hacen todos los representantes legales de todas las entidades en el país, porque esta hace parte de la marcha de la copropiedad, esta requiere que un contador público certifique la información contable.
En desarrollo de la actividad principal de la copropiedad, y producto de la administración de los recursos de las cuotas de administración y los generados por la misma, estas entidades pueden generar excedentes, los cuales entrarán a formar parte del patrimonio de la propiedad horizontal.
Para el tratamiento de las cuotas de administración en las copropiedades, se deberá analizar las disposiciones del Estándar Internacional de Información Financiera en lo relativo a los instrumentos financieros, lo cual, como veremos, puede dar lugar a aplicar el deterioro sobre estas partidas.
Las propiedades horizontales, con excepción de las de uso residencial, que obtengan algún tipo de renta a partir de la explotación comercial o industrial de sus bienes o áreas comunes se convertirán en contribuyentes del impuesto sobre la renta y del impuesto de industria y comercio.
Los criterios para la contabilización del fondo de imprevistos se encuentran en la «Orientación técnica No. 15» (Copropiedades de uso residencial o mixto –Grupos 1, 2 y 3–), emitido por el Consejo Técnico de la Contaduría Pública.
El CTCP precisa que el revisor fiscal de una copropiedad residencial puede ejercer como administrador de esta, una vez haya transcurrido un año contado a partir de la su renuncia como revisor fiscal de la misma.
El CTCP aclara que en una propiedad horizontal el presupuesto no puede confundirse con la contabilidad. Lo anterior, debido a que el presupuesto permite fijar las cuotas, pero su ejecución no puede confundirse con la caja, porque la contabilidad se elabora bajo el principio de devengo, lo cual implica que muchas partidas son causaciones contables que aún no se ven reflejadas en el efectivo.
DIAN. Concepto de bienes comunes de uso exclusivo y bienes comunes desafectados de acuerdo a la orientación técnica No. 15 y el reconocimiento contable de la venta de bienes comunes desafectados.