Actualícese.com

Día: 14 de noviembre de 2017

Oficio 220-249195 de 14-11-2017

Concepto / Oficio, Derecho Comercial, NORMATIVIDAD Publicado: 14 noviembre, 2017

La Supersociedades precisa que la Ley 1116 de 2006, la cual contiene el régimen de insolvencia empresarial, no estableció en manera alguna que en la diligencia de entrega de bienes a los acreedores, cualquier persona pudiera oponerse a la misma, como sí lo hizo respecto de la diligencia de embargo o secuestro de bienes dentro de un proceso de ejecución y de cobro contra un deudor implicado. Igualmente, señala que le corresponde al liquidador, entregar directamente a los acreedores los bienes de propiedad de un deudor concursado que fueron adjudicados; y que no existe posibilidad alguna de que el mencionado auxiliar de la justicia pueda hacer la entrega de tales bienes por conducto de comisionado, ya sea por una inspección de policía o un juzgado civil o promiscuo, máxime si se tiene en cuenta que la ley no previó dicha posibilidad.

Concepto 977 de 14-11-2017

Concepto / Oficio, Estándares Internacionales, NORMATIVIDAD Publicado: 14 noviembre, 2017

El CTCP precisa que de acuerdo con las definiciones establecidas en los marcos técnicos normativos, las criptomonedas no son efectivo ni equivalentes al efectivo, considerando que, por un lado, no son moneda de curso legal, no tiene respaldo estatal y no son aceptadas como medio de pago por toda la comunidad. Sin embargo, sí parecen encajar en la definición de activo financiero, pues en esencia, se trata de un acuerdo por el cual se entrega una cantidad de dinero a cambio de otra cantidad en las monedas virtuales; en ese intercambio, el comprador recibe las criptomonedas a cambio de un derecho contractual a recibir efectivo. dicho esto, si se trata de un activo financiero, sería necesario entonces establecer su clasificación. En opinión del Consejo, su medición debe ser al valor razonable y sus cambios deben ser en resultados, porque para que fueran al ORI, debería tratarse de un instrumento de deuda sobre el cual existiera un modelo de negocio que consista en esperar el recaudo de los flujos originalmente pactados, lo cual no aplica para este tipo de elementos. Cabe señalar que, al no estar reguladas y no contar con respaldo de los bancos en Colombia, ni ser reconocidas para efectos legales, podrían generarse contingencias y altos riesgos de pérdida para la entidad en caso de un delito o de reclamaciones frente a las distintas autoridades colombianas.

Sistema de inventarios permanente dejó de ser obligatorio fiscalmente a partir de 2017

ACTUALIDAD, Impuestos Publicado: 14 noviembre, 2017

Desde 1995 los contribuyentes obligados a contar con la firma de contador o de revisor fiscal en sus declaraciones de renta solo podían usar el sistema de inventario permanente para definir el costo de la mercancía vendida. La Ley 1819 de 2016 modificó el artículo 62 del ET y eliminó dicha exigencia.

Este contenido solo está disponible para Suscriptores.

Si ya tienes tu suscripción, ingresa aquí.

Si aún no tienes una, aquí puedes ver las opciones disponibles.

IVA implícito en gasolina y ACPM puede ser restado al 100 % por los consumidores

ACTUALIDAD, Impuestos Publicado: 14 noviembre, 2017

De acuerdo con el artículo 444 del ET luego de ser modificado con el artículo 181 de la Ley 1819 de 2016, los consumidores de gasolina y ACPM pueden restar en su declaración de IVA el 100 % del impuesto implícito en dichos bienes. Hasta el 2016 solo podían restar el 35 % del INGA implícito.

Concepto 971 de 14-11-2017

Concepto / Oficio, Estándares Internacionales, NORMATIVIDAD Publicado: 14 noviembre, 2017

El CTCP recuerda que el concepto de negocio en marcha constituye la hipótesis fundamental del marco técnico normativo pleno, del marco técnico normativo para las pymes y del marco técnico normativo para microempresas, por lo cual, si es inminente la liquidación de la entidad, no son aplicables estos marcos técnicos normativos.

Concepto 970 de 14-11-2017

Concepto / Oficio, Estándares Internacionales, NORMATIVIDAD Publicado: 14 noviembre, 2017

Las cuotas de sostenimiento y otros ingresos, deben ser reconocidos en el estado de resultados si es una entidad con ánimo de lucro, o en el estado de actividades si es una entidad sin ánimo de lucro, como un ingreso.

Concepto 974 de 14-11-2017

Concepto / Oficio, Estándares Internacionales, NORMATIVIDAD Publicado: 14 noviembre, 2017

El CTCP precisa que las utilidades susceptibles de ser distribuidas corresponden a las utilidades líquidas, es decir, la utilidad después de impuestos una vez constituidas las reservas legales, estatutarias y ocasionales de los estados financieros individuales.

Concepto 972 de 14-11-2017

Concepto / Oficio, Estándares Internacionales, NORMATIVIDAD Publicado: 14 noviembre, 2017

Los importes anormales de desperdicio se reconocen afectando el costo de ventas. Los costos de almacenamiento incurridos con posterioridad a la adquisición del inventario, que no son necesarios para un proceso de elaboración posterior, deben ser reconocidos como gastos en el estados de resultados; lo mismo aplica al contabilizar los costos indirectos de administración.

Medición de edificios a valor razonable en el ESFA

Estándares Internacionales, RESPUESTAS Publicado: 14 noviembre, 2017

Respuesta de Juan David Maya a la pregunta

Es válido valorar en el ESFA edificios a valor razonable dejando un valor residual igual al valor razonable? si es así ¿cómo se maneja el tema de la depreciación pues en este caso la depreciación contable sería cera? ¿y cómo se manejaría la amortización del impuesto diferido? ¿cómo sería su medición al 31 de diciembre de 2016, teniendo en cuenta que la enmienda aplica a partir de enero de 2017?

Concepto 976 de 14-11-2017

Concepto / Oficio, Estándares Internacionales, NORMATIVIDAD Publicado: 14 noviembre, 2017

El emitir autorización o aval a personas naturales para el desarrollo de eventos de actualización contable y tributaria no es una función que se encuentre dentro de las competencias establecidas en la ley para el Consejo Técnico de la Contaduría Pública.

Software contable ilegal permitió evadir más de $130.000 millones a 4 establecimientos comerciales

ACTUALIDAD, Auditoría y revisoría fiscal Publicado: 14 noviembre, 2017

El programa informático permitió a dueños de establecimientos comerciales “ajustar” el valor a pagar por impuestos como el IVA y el Impoconsumo. El valor dejado de declarar por 20 reconocidos almacenes y restaurantes podría ascender a más de $240.000 millones.

Concepto 005312 de 14-03-2017

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 14 noviembre, 2017

El artículo 28 del Decreto Reglamentario 2076 de 1992, compilado en el artículo 1.4.1.4.4 del Decreto Único Reglamentario 1625 de 2016, precisa que el impuesto de timbre nacional se causa en el momento del otorgamiento, suscripción, giro, expedición, aceptación, vencimiento, prórroga o pago del instrumento, documento o título, el cual ocurra primero.

Descubre más recursos registrándote o logueándote. Iniciar sesión Registro gratuito
, ,