La información exógena es una de las obligaciones más dispendiosas que deben atender los contadores en cada año gravable.
Por este motivo, te entregamos una guía con las principales recomendaciones para que evites errores al presentar la información exógena del año gravable 2022.
¿Qué reducciones podrían aplicarse a la sanción de exógena por no suministrar la información establecida en el literal “a” del numeral 1 del artículo 651 del ET? ¿Esta sanción la liquida el contribuyente o la Dian?
¿Cuáles serían los formatos de información exógena del año gravable 2022 que les correspondería presentar a quienes solo fueron agentes de retención durante el 2022?
Con las aclaraciones del Concepto Dian 165 de febrero 7 de 2023, ¿cómo aplicarán las reducciones de sanciones en información exógena? ¿La reducción del parágrafo transitorio del artículo 651 del ET se refiere a un reemplazo temporal de la tasa del 10 % por la del 5 % en casos especiales, o se refiere a una reducción al 5 % del 10 %?
Cuando se presenta la información exógena con errores y posteriormente se corrige, se debe liquidar la sanción por corrección, que contempla la nueva versión del artículo 651 del ET.
En este artículo te contamos cómo se debe calcular esta sanción.
Aquí encontrarás los 5 anexos en Excel del Libro Blanco Reporte de información exógena: obligados, plazos, formatos, conceptos e instrucciones para su presentación ante la Dian, por el año gravable 2022, en su 4.ª edición, además de los cambios normativos posteriores a su publicación.
La Ley de reforma tributaria 2277 de 2022 redujo las tarifas del régimen sancionatorio aplicable a la información exógena. Con la 4.ª edición de este libro blanco no tendrás que preocuparte por calcular dichas sanciones. ¡Aquí tendrás todo lo que necesitas!
En el formato 1001 de información exógena se deberán reportar los pagos o causaciones totales del año 2022 realizados a un mismo tercero, sin importar que estos hayan sido objeto de retención en la fuente.
El Concepto 53947 de 2012 aclara aspectos sobre el certificado de retención expedido para terceros.
La información exógena es el informe que periódicamente entregan las personas naturales y jurídicas a la Dian sobre las operaciones realizadas con terceros. Aprende los beneficios de organizar con antelación la información requerida por la Dian para cumplir esta responsabilidad.
Mediante la Resolución 000124 de 2021, la Dian señaló el contenido y las características del reporte de información exógena del año gravable 2022, la cual deberá entregarse durante 2023.
Los plazos para presentar esta información se encuentran en el artículo 46 de la mencionada resolución.
Una empresa absorbe mediante un proceso de fusión por absorción a otras compañías al cierre de octubre de 2021. ¿Los estados financieros consolidados para la fusión se deben reportar en exógena de acuerdo con el capítulo 13 de la Resolución 098 de octubre 28 de 2020?
El CTCP aclara en el Concepto 0561 de 2022 la responsabilidad que tiene el revisor fiscal frente a la presentación de la información exógena a la administración tributaria.