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¿Cuál es el calendario que deberán cumplir los contribuyentes calificados como “Grandes contribuyentes” para convertir sus “documentos equivalentes a factura” ya sea en “facturas electrónicas de venta” o en “documentos equivalentes electrónicos”?
¿Cuál es la periodicidad del IVA con que deben declarar los contribuyentes catalogados como “Grandes Contribuyentes”?
¿Cuál es la responsabilidad que adquieren los contribuyentes calificados como “Grandes contribuyentes” en materia de retenciones en la fuente a título de IVA?
¿Cuáles son los requisitos que la DIAN toma en cuenta para incluir o excluir a algún contribuyente de la lista de grandes contribuyentes?
¿Cuál es el periodo que la DIAN se toma para estar actualizando el listado de los grandes contribuyentes?
¿Cómo se reconocen los vehículos y otros bienes facturados en diciembre de 2023, pero no entregados en ese año, sino hasta el 2024?, ¿Se ajusta 2023 por los entregados en 2024?
¿Por qué los anticipos no son ingresos contable ni fiscales, aunque se hayan facturado?
¿Las facturas emitidas en enero de 2024 se deben reconocer como ingresos de diciembre de 2023?
¿Cuáles son los ingresos no sujetos a renta y en qué se diferencian de los ingresos no constitutivos de renta ni ganancia ocasional?
¿Cómo se practicará durante el 2024 la “retención en la fuente trasladable” sobre dividendos cuando una sociedad nacional entregue dividendos no gravados o gravados de los años 2017 y siguientes a otra sociedad nacional?
¿Cómo se calculará durante el 2024 la retención en la fuente sobre dividendos no gravados y gravados de años 2017 y siguientes que se distribuyan a personas naturales no residentes?
¿Cómo se calculará durante el 2024 la retención en la fuente sobre dividendos no gravados y gravados de años 2017 y siguientes que se distribuyan a personas naturales residentes del régimen ordinario?