¿Es procedente la depuración de la renta por el sistema ordinario para una empresa del sector editorial que se acoge a la Ley del Libro?, ¿si la depuración arroja pérdida fiscal, esta es procedente en el año que ocurra y susceptible de compensarse con rentas líquidas futuras?
¿Cómo debe elaborar la depuración del impuesto de renta una empresa con actividad editorial bajo Ley del libro, si obtiene en un mismo año ventas nacionales y exportaciones por el mismo concepto?
Una persona jubilada que declara le presta servicios a una empresa, la cual le paga honorarios, y el valor de los mismos supera las 95 UVT, pero al hacerle la depuración queda por debajo de las 95 UVT; ¿se le debe aplicar retención en la fuente?