Nuevos recursos
Cartas - 15 julio, 2025
Contratos - 15 julio, 2025
Cartas - 15 julio, 2025
Contratos - 15 julio, 2025
ACTUALIDAD - 14 julio, 2025
ACTUALIDAD - 14 julio, 2025
ACTUALIDAD - 11 julio, 2025
ACTUALIDAD - 11 julio, 2025
ACTUALIDAD - 11 julio, 2025
Cartas - 11 julio, 2025
Contratos - 11 julio, 2025
ACTUALIDAD - 11 julio, 2025
Derecho Comercial - 11 julio, 2025
ACTUALIDAD - 11 julio, 2025
ACTUALIDAD - 3 julio, 2025
Capacitación - 28 junio, 2025
Guía Actualícese - 20 junio, 2025
Curso - 20 junio, 2025
El recaudo bruto de impuestos alcanzó en enero los 17,1 billones de pesos, lo que representa una variación de 5,8 % respecto a enero de 2018, cuando se recaudó la suma de 16,1 billones de pesos.
El 7 de febrero de 2019 la Dian expidió la Resolución 000012, mediante la cual prescribe y habilita los formularios para el cumplimiento de las obligaciones tributarias a cargo de los contribuyentes y responsables para el 2019 de los impuestos administrados por la entidad en mención. Cabe resaltar que en el formulario 350 para retenciones en la fuente del 2019 solo se incluyó el renglón 84 para reportar las retenciones en la fuente a título de impuesto nacional al consumo (establecida por la Ley de financiamiento), pero no se adicionó el renglón especial para reportar las devoluciones de la retención en la fuente antes mencionada. A su vez, en dicho formulario se crearon los renglones 48 y 73, en los cuales se reportarán las autorretenciones a título de renta que se pueden practicar de forma voluntaria los productores de hidrocarburos y otros productos mineros cuando se acojan a lo contemplado en el Decreto 2146 de 2018.
DIAN Concepto 2879 Febrero 06 de 2019 *** Ref: Radicado 045288 del 27/12/2018 De conformidad con el artículo 19 del Decreto 4048 de 2008, en ejercicio de funciones relacionadas con la interpretación y aplicación de las normas tributarias de competencia de la DIAN. Adición al Concepto General Unificado no. 0481 del 27 de abril de 2018 […]
La Dian, mediante la Circular 000002, da a conocer el promedio de transacciones de los diferentes títulos que se transan en la bolsa, transacciones realizadas en el mes de diciembre de 2018.
Ley de financiamiento establece que la Dian puede ampliar su planta de personal y fortalecerse institucionalmente. Decretos reglamentarios se esperan para antes de junio de 2019.
La Dian informó a las Esal pertenecientes al régimen tributario especial –RTE– y entidades del sector cooperativo –Escoop– que deben realizar el proceso de actualización del registro web.
El 27 de febrero de 2019 la Dian expidió el Concepto 4834 de 2019, mediante el cual establece que la transferencia de un bono o título evaluable en dinero a un beneficiario para que este lo haga efectivo no causa el impuesto sobre las ventas. No obstante, una vez dicho beneficiario disponga del bono adquiriendo bienes, estos pueden estar o no gravados con el IVA, de acuerdo con las normas del ET.
La Dian también reitera que, en relación con el derecho contenido en un título o bono evaluable en dinero, este no causa el impuesto sobre las ventas, por cuanto es un derecho. Caso diferente son los bienes adquiridos con ese bono, los cuales pueden estar gravado o no con el impuesto en mención.
La Dian dio a conocer el proyecto de resolución, por el cual delegaría a la Dirección de gestión de aduanas, la función de expedir los actos administrativos para la autorización como Operadores Económicos Autorizados –OEA– Mediante el presente proyecto de resolución la Dian busca darle cumplimiento a los principios de eficacia, economía y celeridad de […]
La Dian dio a conocer el Proyecto de Resolución por el cual pretende señalar las reglas y validaciones aplicables a la factura electrónica con validación previa. El 10 de diciembre de 2018 la Dian dio a conocer el proyecto de resolución, por el cual pretende adoptar las reglas y validaciones aplicables a la factura electrónica […]
La Dian tiene planeado recaudar para este año 157 billones de pesos, de los cuales 7 billones provendrán de la nueva Ley de financiamiento y otros 13 billones del cobro a evasores y morosos.
El 18 de enero de 2019 la Dian expidió la Resolución 000005, mediante la cual prescribe y habilita un total de 18 formularios para el cumplimiento de las obligaciones aduaneras y cambiarias durante 2019, de conformidad con lo previsto en el artículo 7 del Decreto 2685 de 1999, en el cual se estipula que las declaraciones de importación, exportación y tránsito aduanero deberán presentarse en los formularios oficiales que determine la Dian.
Finalmente, cabe resaltar que los formularios estarán disponibles de forma gratuita, y una vez diligenciado el formulario y efectuada su impresión, deberá firmarse si se trata de una declaración para su presentación y pago en los bancos y demás entidades autorizadas por la Dian.
A través del Concepto 1399 de enero 18 de 2019, la Dian aclara varios aspectos relacionados con la ineficacia de las declaraciones de retención en la fuente presentadas sin pago total, en virtud de lo establecido en el artículo 580-1 del ET.
Entre los asuntos aclarados se indica que, si la declaración se presenta de forma oportuna en los términos mencionados en dicho artículo, y con dicha declaración se hace un pago parcial, pero dentro de los dos meses siguientes al vencimiento del plazo para declarar se realiza el pago del valor restante junto con los intereses moratorios a los que haya lugar, se cumple el presupuesto para que dicha declaración tenga validez.
Por otra parte, también se precisa que, si la declaración es presentada de manera extemporánea y sin el pago total, o si es presentada oportunamente, pero el pago se realiza pasados los dos meses siguientes al vencimiento del plazo para declarar, dicha declaración no producirá efectos legales; es decir, se considerará ineficaz y constituirá una conducta punible por el artículo 402 del Código Penal.