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Si una persona natural actualmente pertenece al régimen ordinario del impuesto de renta y adicionalmente cumple con los topes para responder por el impuesto al patrimonio, ¿qué sucedería con el impuesto al patrimonio si decide trasladarse al régimen simple en el 2025?
Según el calendario tributario, en septiembre de 2024 será cuando confluyan al mismo tiempo los vencimientos de 14 obligaciones diferentes ante la Dian.
Con nuestra plantilla en Excel del formulario 420 para el AG 2024 podrás elaborar de manera rápida y confiable la declaración del impuesto al patrimonio.
Conoce los pormenores de la Ley de reforma tributaria 2277 de 2022, sus novedades y sus implicaciones, abordadas minuciosamente por el Dr. Diego Guevara, líder de investigación contable y tributaria de Actualícese.
Lo anterior, acompañado de herramientas indispensables para llevar a cabo tus labores profesionales.
Mediante el Decreto 2229 de 2023, el Ministerio de Hacienda estableció el calendario tributario para 2024, el cual contiene los plazos para la declaración y pago del impuesto al patrimonio 2024.
Conoce los plazos en que deberás cumplir con esta obligación.
Teniendo en cuenta el valor de la UVT que regirá a partir de enero 1 de 2024, quienes posean en dicha fecha patrimonios líquidos declarables al Gobierno colombiano iguales o superiores a $3.388.680.000, tendrán que presentar la declaración del impuesto al patrimonio.
Los detalles a continuación.
Los contribuyentes que no presenten su declaración de impuesto al patrimonio deberán liquidar el valor de la sanción contemplada en el artículo 641 y 643 de ET. Así mismo, deberán tener en cuenta las indicaciones dispuestas por el artículo 298-2 del ET.
A continuación, te contamos los detalles.
Te presentamos dos casos prácticos en Excel con los cuales conocerás los cálculos necesarios para liquidar correctamente el impuesto al patrimonio AG 2023, según lo señalado en los artículos 35 a 41 de la Ley 2277 de 2022. Para ello es necesario definir el patrimonio líquido fiscal al primero de enero.
El numeral 5 del artículo 292-3 del Estatuto Tributario establece dos condiciones especiales para que dichos entes jurídicos queden obligados a presentar su declaración anual del impuesto al patrimonio.
Al respecto, la Dian realizó una importante precisión en su Concepto 619 de mayo 29 de 2023.