Supersociedades aclara aspectos relacionados con la cesión de acreencias en el trámite de reorganización, y los efectos de la reforma del acuerdo de reorganización.
La Supersociedades, mediante la Resolución 100-004107, define el monto de la contribución obligatoria que por el año 2021 deberán efectuar las sociedades sometidas a su vigilancia o control, ya sea que estén en condiciones normales de operación, en insolvencia, reorganización y/o liquidación.
La Superintendencia clarifica que el derecho de inspección no puede verse alterado en sus presupuestos mínimos por decisión colegiada de los órganos sociales. Además, deberá verificarse la naturaleza de la documentación objeto de inspección para definir una condición de reserva.
Los activos de estas organizaciones crecieron 7,4 %, 456 billones de pesos, y el patrimonio aumentó 11,3 %, 246 billones. Por su parte, el pasivo creció 3,2 %; 7 billones de pesos.
La Supersociedades clarifica que no es obligatorio que el oficial de cumplimiento del sistema de gestión de riesgos de soborno trasnacional esté vinculado laboralmente a la empresa. Adicionalmente, la empresa deberá velar por tener a su disposición los recursos para el cumplimiento de sus funciones.
La Superintendencia de Sociedades clarifica que las empresas de responsabilidad limitada no están obligadas a someter a aprobación el inventario de liquidación ante esta entidad, de igual manera, precisa que no le corresponde al superintendente impartir la autorización de los inventarios.
Presentamos las principales instrucciones emitidas por la Supersociedades para presentar los reportes de información que deberán remitir las sociedades bajo supervisión especial.
Por la crisis generada por la pandemia, los ingresos decrecieron un 7,6 %, ganancias se redujeron un 34,1 % y pasivos crecieron 4,7 %.
La entidad iniciará la verificación del reporte de gestión BIC para supervisar las sociedades que adopten voluntariamente la condición de beneficio e interés colectivo.
Deberán acreditar y enviar a la Supersociedades documentos como la copia del reporte de gestión BIC.
Envío de documentación por parte de sociedades BIC durante el año 2021, tienen plazo hasta el 31 de julio de 2021 para hacerlo. Con el propósito de fomentar el modelo de Beneficio e Interés Colectivo -BIC- en las sociedades comerciales, el cual busca incorporar elementos en beneficios del medio ambiente, la colectividad y los trabajadores, […]
Empresas obligadas a poner en marcha el Sagrilaft tendrán plazo hasta el 31 de agosto de 2021 para implementar este programa.
La Supersociedades expidió el Concepto 220-059082 de 2021, mediante el cuál aclaró que las sociedades obligadas a implementar un programa de transparencia y ética empresarial son aquellas vigiladas por esta misma, que cumplan con los requisitos establecidos en la Resolución 100-006261 de 2020.