El anexo, que hace parte del decreto 2706 de 2012, en su capítulo I, dice que un ente económico se considera microempresa si tiene.
Concepto 213 de octubre 22 de 2013. Para pertenecer al Grupo 1 y 3 es necesario tener en cuenta también el número de trabajadores que se llegue a tener al cierre del segundo año anterior a aquel en que aplicarán de forma oficial los nuevos marcos normativos. Esos trabajadores no solo serían los que tengan vínculo directo con la entidad sino también los temporales que tenga la entidad.
El derecho al agua es fundamental y aunque no esté consagrado expresamente en la Constitución, se encuentra establecido por la Corte Constitucional como implícito a la dignidad y goza de protección mediante Acción de Tutela, incluso en la suspensión por falta de pago.