Marzo 28 de 2014: pequeñas empresas de persona natural o jurídica, sin importar su tamaño, constituidas o formalizadas durante los años 2011, 2012 o 2013 y que pretendan usar por este último año los beneficios del Impuesto de Renta de la Ley 1429 de 2010, tienen hasta esta fecha para entregar los documentos del art. 6 y 7 del Decreto 4910 de diciembre 26 de 2011.
La legislación establece la obligatoriedad de renovar los 3 primeros meses del año la Matrícula Mercantil. ¿Pero cuál es su finalidad o qué pasa si no se renueva oportunamente?.
En los artículos 23 y 24 del Decreto 393 de marzo de 2002 se fijaron las tablas (expresadas en terminos de rangos de salarios mínimos mensuales vigentes y frente a cada rango las respectivas tarifas porcentuales) a través de las cuales todas las cámaras de comercio del país podrán cobrar el valor de los derechos por renovación de la matricula mercantil y de los establecimientos de comercio según el nivel de activos del comerciante a dic.31 del año inmediatamente anterior.