Por la cual se reglamenta la liquidación, pago y recaudo de la Tasa Especial por los Servicios Aduaneros creada por el artículo 56 de la Ley 633 del 29 de diciembre de 2000.
por la cual se fija el valor de la Tarjeta Profesional de Contador Público para el año 2001.
por la cual se fija el valor de los Certificados de vigencia de la inscripción y de antecedentes disciplinarios de Contador Público para el año 2001.
por la cual se fija el valor de la tarjeta de registro de personas jurídicas y de los certificados de vigencia de inscripción y de antecedentes disciplinarios para el año 2001.
Por la cual se expiden normas en materia tributaria, se dictan disposiciones sobre el tratamiento a los Fondos Obligatorios para la vivienda de interés social y se introducen normas para fortalecer las finanzas de la Rama Judicial.
Con base en la información suministrada por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística – DANE – la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, en cumplimiento de lo establecido en el articulo 331 del Estatuto Tributario se permite publicar el PAAG que regirá para el año gravable de 2000.
Por el cual se reglamenta la entrega de información para las solicitudes de devolución y/o compensación.
La Dian concluye que, dentro de los requisitos para la procedencia de los costos y deducciones no se encuentra la obligación de practicar retención en la fuente sobre los pagos o abonos en cuenta por tales conceptos.
La Sala Plena de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado recordó que para que una persona sea considerada comerciante no basta con que ejecute alguna de las actividades del artículo 20 del Código de Comercio, sino que la actividad mercantil que realice sea asumida por la persona de forma profesional.
Tanto en la etapa de determinación de los tributos, como en la etapa de su discusión, es procedente el reconocimiento de costos y deducciones, así como de cualquier otro concepto.
Por el cual se reglamenta el parágrafo 1° del artículo 424 del Estatuto Tributario.
Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 676 de 1999.