La Supersociedades expidió el Concepto 220-054181, mediante el cual aclara que la interposición societaria no es el único evento o situación en que se puede presentar la figura de fraude a la ley, pues le corresponde al operador judicial determinar a partir de un análisis en qué casos se presentó esta figura.
La Superintendencia de Sociedades expidió la Circular Externa 100-000007 de 2021, mediante la cual se informa a los representantes legales de sociedades de beneficio e interés colectivo –BIC– sobre el plazo para acreditar el cumplimiento de haber realizado, presentado y publicado el reporte de gestión BIC.
Mediante el Concepto 0629 de 2021, la Dian resuelve diversos interrogantes en relación con la renta exenta para el desarrollo del campo colombiano prevista en el numeral 2 del artículo 235-2 del ET, aclarando que esta renta exenta solo procede sobre proyectos de inversión en el ámbito rural.
Adicionalmente, con dicho concepto se señala que es el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural el encargado de definir si las inversiones incrementan o no la productividad del sector agropecuario por medio del correspondiente acto.
Mediante el Concepto 0632 de 2021, la Dian resuelve diversos interrogantes relacionados con el artículo 906 del ET acerca de los sujetos que no pueden optar por el régimen simple de tributación.
En dicho concepto de aclara que, en algunos casos, la actividad de compra y venta de títulos valores puede llegar a ser un factoraje o factoring, impidiendo que el contribuyente pueda optar por el régimen simple de tributación.
Ministerio de Hacienda expide el Decreto 456 de 2021, mediante el cual reglamenta el parágrafo del artículo 481 del ET, en relación con la exportación de servicios relacionados con la producción de obras de cine, televisión y audiovisuales para la exención del IVA con derecho a devolución bimestral.
De acuerdo con el decreto, para la procedencia de la devolución y/o compensación del saldo a favor del IVA, la Dian deberá verificar el cumplimiento de los requisitos de que trata el parágrafo del artículo 481 del ET, así como lo contemplado en el numeral 4 del artículo 2 del decreto en mención, con las pruebas que allegue el contribuyente o responsable que solicita la devolución y/o compensación.
Ministerio de Hacienda expide el Decreto 455 de 2021, mediante el cual se reglamentan los artículos 35, 38, 39, 40, 40-1, 41, 81, 81-1 y 118 del ET, con el propósito de fijar intereses presuntivos para el año gravable 2021 y componente inflacionario para el período fiscal 2020.
De acuerdo con el decreto en mención, para efectos de la determinación del impuesto sobre la renta por el año gravable 2021, se presume de derecho que todo préstamo en dinero (cualquiera que sea su naturaleza o denominación) que otorguen las sociedades a sus socios genera un rendimiento mínimo anual proporcional al 1,89 %.
Además, por el año gravable 2020, el componente inflacionario será del 44,23 % del valor de los rendimientos financieros percibidos por personas naturales.
La Superfinanciera certifica que el interés bancario corriente para el período comprendido entre el 1 y el 31 de mayo de 2021 en la modalidad de crédito de consumo y ordinario será del 17,22 % EA.
La Supersociedades expidió la Circular Externa 100-000005 para determinar el alcance de la política de supervisión respecto a las sociedades comerciales, sucursales de sociedades extranjeras y empresas unipersonales sujetas a la supervisión de la Delegatura de Intervención y Asuntos Financieros Especiales.
El Consejo Técnico de la Contaduría Pública –CTCP– explica que, cuando una entidad acepta para el cargo de contador público a un profesional que en un término inferior a un año ejercía como revisor fiscal en la misma entidad, se constituye una inhabilidad de acuerdo con el artículo 48 de la Ley 43 de 1990.
Mediante el Concepto 0618 de 2021, la Dian aclara que la tarifa general en renta del artículo 240 del ET es aplicable para personas jurídicas extranjeras con o sin residencia en el país.
No obstante, la administración tributaria señala que, para la aplicación de los literales a) al d) del parágrafo 5 del mencionado artículo, dichos sujetos deberán observar las condiciones allí establecidas, así como los requisitos establecidos por el Gobierno nacional en la reglamentación que se expida en la materia.
El Consejo Técnico de la Contaduría Pública expidió el Concepto 141, mediante el cual aclaró que, mientras el revisor fiscal no haya renunciado o haya sido retirado de los registros públicos, deberá cumplir con las disposiciones legales y reglamentarias de su cargo.
El Consejo Técnico de la Contaduría Pública –CTCP– explica que, según los Estándares Internacionales, los activos intangibles (know how) formados no deben ser reconocidos en los estados financieros de una entidad, dado que podrían generar una desviación en el marco de información financiera aplicable.