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El Dr. Diego Guevara, líder de investigación tributaria de Actualícese, resuelve inquietudes relacionadas con las novedades en la información exógena año gravable 2021: formatos de reporte, obligados a presentar la información exógena, plazos y mucho más.
Para definir la obligatoriedad de presentar información exógena del año gravable 2021, ¿se deben tomar en cuenta los ingresos brutos contables o los ingresos brutos fiscales?
¿Al momento de definir el monto de los ingresos brutos que obligan a presentar información exógena del año gravable 2021 también se pueden tomar en cuenta las devoluciones en ventas?
¿Cómo reportan las entidades no contribuyentes de renta los gastos del año 2021 en su formato 1001?
¿Cómo reportan las entidades y personas del régimen simple en su formato 1001 los gastos del año 2021?
¿Cuáles son los nuevos formatos que se utilizarán en el reporte de información exógena 2021?
¿Cómo se pueden descargar e instalar los prevalidadores tributarios para el reporte de información exógena 2021 desde la página web de la Dian?
¿Las empresas unipersonales se encuentran obligadas a reportar la información exógena del AG 2021?
De acuerdo con el artículo 638 del ET, ¿hasta qué año podrá la Dian solicitar la presentación del reporte de información exógena del año gravable 2021?
¿En el formato 1001 de año gravable 2021 quiénes deberán utilizar el nuevo concepto 5079?
¿En el formato 1007 de información exógena año gravable 2021 solo se deberá reportar a los terceros de quienes se recibieron ingresos superiores a $500.000 o esta vez ya no aplica dicho límite?
La normalización tributaria es un mecanismo mediante el cual el Estado busca que quienes posean activos omitidos o pasivos inexistentes en sus declaraciones tributarias, normalicen tal situación con una tarifa impositiva especial.