Este liquidador le será muy útil para tomar decisiones financieras. Incluye una tabla de amortización que permite definir el valor a pagar por cuota y el valor total que se paga al finalizar una obligación, cuando se trata de un crédito con abonos a capital iguales y una tasa de interés vencida.
La Superfinanciera expidió la resolución por medio del certificado de calidad del interés bancario corriente para el mes de octubre.
Así lo indica un informe de Datacrédito Experian. El estudio concluye que los consumidores financieros menores de 35 años se quedaron con 34 % de los créditos de consumo.
Por tanto, el interés máximo que podrán cobrar los establecimientos que realizan préstamos de consumos y ordinarios no podrá exceder esta cifra.
Este crédito puede solicitarse en entidades bancarias que ofrecen diferentes productos para este tipo de crédito o en los establecimientos de compra del bien.
Así lo anunció el ministro de hacienda en su cuenta de Twitter. El interés bancario corriente efectivo anual para créditos de consumo y ordinario será 19,94 %.
La Superintendencia Financiera de Colombia certificó el interés bancario corriente para los créditos de consumo y ordinario en 20,44 % efectivo anual.
La Superintendencia Financiera de Colombia certificó la tasa de interés bancario corriente que regirá durante abril de este año; para este mes cayó 30 puntos básicos.
A través de la Resolución 0259 del 28 de febrero de 2018, la Superintendencia Financiera fijó en 20,68 % efectivo anual el interés bancario corriente para la modalidad de crédito de consumo y ordinario, siendo la tasa de usura para el mismo de 31,02 %. Dicha tasa regirá para el período comprendido entre el 1 y el 31 de marzo de 2018. Para efectos tributarios, es importante tener en cuenta que el artículo 635 del ET señala que el interés moratorio se liquidará diariamente a la tasa de interés diario que sea equivalente a la tasa de usura vigente determinada por la Superintendencia Financiera de Colombia para las modalidades de crédito de consumo, menos dos (2) puntos. En consecuencia, la tasa de interés de mora para deudas tributarias durante el mes de febrero de 2018 es 29,02 %.
A través de la Resolución 0131 del 31 de enero de 2018, la Superintendencia Financiera fijó en 21,01 % efectivo anual el interés bancario corriente para la modalidad de crédito de consumo y ordinario, siendo la tasa de usura para el mismo de 31,52 %. Dicha tasa regirá para el período comprendido entre el 1 y el 28 de febrero de 2018. Para efectos tributarios, es importante tener en cuenta que el artículo 635 del ET señala que el interés moratorio se liquidará diariamente a la tasa de interés diario que sea equivalente a la tasa de usura vigente determinada por la Superintendencia Financiera de Colombia para las modalidades de crédito de consumo, menos dos (2) puntos. En consecuencia, la tasa de interés de mora para deudas tributarias durante el mes de febrero de 2018 es 29,52 %.
La Superintendencia Financiera de Colombia certificó la tasa de interés bancario corriente que regirá entre el 1 y 31 de enero de 2018.
A través de la Resolución 1890 del 28 de diciembre de 2017, la Superintendencia Financiera fijó en 20,69 % efectivo anual el interés bancario corriente para la modalidad de crédito de consumo y ordinario, siendo la tasa de usura para el mismo de 31,04 %; dicha tasa regirá para el período comprendido entre el 1 y el 31 de enero de 2018. De igual manera, fijó en 36,78 % efectivo anual el interés bancario corriente para la modalidad de microcrédito, siendo la tasa de usura para el mismo periodo de 55,17 %; dicha tasa regirá para el período comprendido entre el 1 enero y el 31 de marzo de 2018. Para efectos tributarios, es importante tener en cuenta que el artículo 635 del ET señala que el interés moratorio se liquidará diariamente a la tasa de interés diario que sea equivalente a la tasa de usura vigente determinada por la Superintendencia Financiera de Colombia para las modalidades de crédito de consumo, menos dos (2) puntos; en consecuencia, la tasa de interés de mora para deudas tributarias durante el mes de diciembre de 2017 es de 29,04 %.