Para la elaboración de la declaración de renta de una persona natural, una persona tiene un certificado de ingresos y retenciones F220, y en el renglón 52 sale un determinado valor, pero el certificado del banco por cuenta de ahorro AFC emite una cifra distinta. ¿Por qué certifica la empresa un valor y el banco otro por el mismo concepto? ¿Cómo determinar la renta exenta en este caso?
A continuación, Diego Guevara, especialista en temas contables y tributarios, resuelve las principales dudas relacionadas con el cobro de la retención en la fuente, la declaración del impuesto de renta, la declaración del IVA y otros temas de actualidad.
¿Se puede llevar al renglón 46 del formulario 230 del año gravable 2014, el retiro de aportes a cuentas AFC con destino a compra de vivienda? El aporte y retiro se realizó en el mismo año.
La ganancia obtenida en la venta de la casa o apartamento de habitación poseído durante dos años o más, es considerada una ganancia ocasional, y se deberá declarar si quien obtiene la ganancia es contribuyente del impuesto sobre la renta y complementarios.
¿Cuáles son las ventajas tributarias para las personas naturales que tienen cuentas AFC, y cuáles para las empresas que las promueven?
Con la entrada en vigencia de la Ley 1607 de 2012, los aportes a las cuentas de ahorro para el fomento a la construcción (AFC), dejaron de ser consideradas un ingreso no constitutivo de renta ni ganancia ocasional y empezaron a ser rentas exentas siempre que se cumpla con dos condiciones:
Una persona natural asalariada autorizó el descuento para cuentas AFC, y estos fueron descontados y certificados en el formulario 220, pero la empresa no las pudo consignar en el 2013 y por consiguiente en el 2014 les devolvieron los recursos para el 2013 ¿se puede descontar como renta exenta lo descontado por esa cuenta AFC?