Expertos abogados en derecho comercial sostienen que la eliminación del registro de libros de contabilidad en las Cámaras de Comercio, adoptada en el Decreto-Ley Antitrámites 019 de 2012, es una disposición que viola la Constitución Política, pues de acuerdo al Artículo 150, Numeral 10 de la misma, las facultades que se le habían dado al Presidente para expedirlo no incluyen la posibilidad de tocar los códigos básicos y menos para eliminar un trámite o formalidad que sí era bien necesario. Auguran que más temprano que tarde, la Corte podrá terminar declarando inexequible esa parte de la norma.
Así lo establecieron los artículos 73 a 75 del Decreto-Ley Antitrámites 019 de enero de 2012. Si dichos operadores, que desde julio de 2012 empiezan a ser vigilados por la Superfinanciera, no acreditan ante tal entidad que cuentan con la infraestructura técnica y operativa necesaria para funcionar en condiciones de seguridad, calidad y eficiencia, ya no podrán seguir operando.