¿Cómo deben ser presentados los pagos recibidos para terceros en el reporte de información exógena?
¿Todos los contribuyentes se encuentran obligados a presentar la información exógena con periodicidad anual?
¿En qué formato de exógena deben ser reportados los pasivos del contribuyente y qué requerimientos especiales existen al respecto?
¿Cuáles son los pasos para presentar la información exógena ante la Dian cuando ya está procesada?
¿Cómo deben ser registrados los pagos realizados al exterior en los formatos de exógena?
El reporte de información exógena correspondiente al año gravable 2019, a presentar durante este 2020, fue modificado recientemente por la Resolución 000008 de 2020.
Aquí te contamos cómo puedes conocer detalladamente todas las novedades de este proceso.
¿Los notarios se encuentran obligados a presentar información exógena?
¿Cuáles son los principales cambios que introdujo la Resolución 000008 de 2020 a la Resolución 011004 de 2019, respecto a la presentación de la información exógena del año gravable 2019?
¿Qué beneficios tributarios existen para los contribuyentes cuando se les vence el plazo para presentar la información exógena, pero que actúan antes de ser detectados por la Dian?
La nueva resolución efectúa 25 ajustes a la Resolución 011004 de octubre 29 de 2018, pues esta no tenía en cuenta varios cambios introducidos con las leyes 1943 de 2018 y 1955 de 2019.
La mayoría de los prevalidadores tributarios para año gravable 2019 fueron publicados desde finales de enero de 2020.
¿El impuesto al consumo originado por la venta de bienes inmuebles debe reportarse en la exógena del año gravable 2019? En relación con lo anterior, ¿qué efectos tiene la Sentencia C-593 de diciembre 5 de 2019 de la Corte Constitucional, norma con la cual se declaró inexequible dicho impuesto?
Con Resolución 011004 de 2018, la Dian definió los sujetos obligados a presentar la información exógena por el año gravable 2019.
Mediante Resolución 000008 de 2019, la Dian introdujo novedades sobre la Ley 1943 de 2018, como es la obligación del reporte del formato 1004 para contribuyentes del SIMPLE.