Las declaraciones del impuesto nacional al consumo, IVA y retención en la fuente que se presenten durante 2020 requerirán contar por lo menos con la firma de un contador público.
Lo anterior, siempre y cuando se cumplan con alguno de los siguientes requisitos.
No todas las personas que llevan contabilidad y pertenecen al régimen común del IVA están obligadas a declarar virtualmente. Por tanto, si sus declaraciones de IVA se presentan en papel y arrojan saldo a favor, se necesitará la firma de un contador y actualizar previamente el RUT.