La Ley 2152 de agosto 25 de 2021 derogó los artículos 525 y 550 del Estatuto Tributario –ET–, eliminando el cobro de hasta USD 82 sobre algunos trámites en los consulados y embajadas de la República de Colombia ubicados por fuera del territorio nacional.
La Ley 2152 de 2021 busca establecer medidas para garantizar la eliminación de las tarifas del impuesto de timbre sobre actuaciones que se cumplan ante funcionarios diplomáticos o consulares del país. Así, dicha norma elimina el impuesto de timbre recaudado por el Ministerio de Relaciones Exteriores relacionado con los trámites surtidos ante los consulados y embajadas de la República de Colombia ubicados por fuera del territorio nacional.
La Dian y el Ministerio de Relaciones Exteriores garantizarán dicha eliminación en los siguientes trámites y servicios consulares: pasaportes ordinarios, certificaciones, autenticaciones, reconocimiento de firmas y protocolización de escrituras.
Un proyecto de ley busca reducir el IVA para los tiquetes aéreos del 19 % al 5 %; además de eliminar el impuesto de timbre y que el gravamen a la gasolina para el avión sea del 5 %. La suma de impuestos y tasas representan a en promedio 20 dólares en la tarifa doméstica y 100 en la internacional.
Si un banco exige un pagaré que incorpora un crédito y además solicita el certificado de depósito endosado en garantía, no podrá expedirse el bono de prenda, toda vez que para que puedan expedirse bonos de prenda es necesario que las mercancías estén libres de todo gra¬vamen o embargo judicial.