El artículo 40 de la Ley 1607 del 2012 adicionó el literal j) al artículo 428 del ET, y con este determinó que la importación de bienes objeto de envíos o entregas urgentes, cuyo valor no exceda de USD 200, no genera impuesto sobre las ventas a partir del 1 de enero del 2014. Posteriormente el Gobierno […]