Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Etiqueta: minhacienda

Decreto Legislativo 688 del 22-05-2020

Decreto, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 22 mayo, 2020

Por medio del cual se modifica transitoriamente la tasa de interés moratoria para las obligaciones tributarias y las relacionadas con el sistema general de la protección social que son objeto de verificación por parte de la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Parafiscales –UGPP–, se establecen facilidades de pago abreviadas, plazos para la conciliación contencioso-administrativa, terminación por mutuo acuerdo y favorabilidad tributaria.

Decreto 096 de 28-01-2020

Decreto, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 28 enero, 2020

El 28 de enero de 2020 el Ministerio de Hacienda emite el Decreto 096, mediante el cual reglamenta el parágrafo 2 del artículo 850 del ET, que estipula la devolución y compensación del IVA pagado en la adquisición de materiales para la construcción de vivienda de interés social y prioritaria, la cual se hará en una proporción de 4 % sobre el valor registrado en las escrituras de venta del inmueble nuevo.
En la norma se establece que los solicitantes deberán presentar la solicitud ante la dependencia competente de la Dian con jurisdicción en el domicilio social registrado en el RUT, dentro de los dos bimestres siguientes a la fecha de la escritura pública de compraventa, o de la expedición de la resolución o del acto traslaticio del dominio de la vivienda, cuando se trate de vivienda de interés social prioritaria financiada o cofinanciada con recursos del presupuesto nacional; esto, a más tardar dentro de los 2 años siguientes a la terminación total del proyecto de construcción de vivienda de interés social y/o vivienda de interés social prioritaria.

Decreto 2264 de 13-12-2019

Decreto, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 13 diciembre, 2019

El 13 de diciembre de 2019 el Ministerio de Hacienda expidió el Decreto 2264, mediante el cual establece el procedimiento para la aplicación de las rentas exentas como uno de los factores de depuración en la nueva cédula general empleada por contribuyentes cuyos ingresos provengan de una relación laboral o legal, así como para la procedencia de los costos y gastos para las personas naturales que perciban ingresos por concepto de rentas de capital o no laborales.
La norma contempla que, en el caso de la cédula general, las rentas exentas y deducciones totales en ningún caso podrían exceder el 40 % del ingreso neto, limitado a 5.040 UVT ($172.721.000 por el 2019), entre otros aspectos relevantes relacionados con la declaración de renta de personas naturales.

Decreto 1973 de 29-10-2019

Finanzas, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 29 octubre, 2019

El Ministerio de Hacienda y Crédito Público dejó en firme el Decreto 1973 del 29 de octubre de 2019, el cual reglamenta los artículos 18-1, 23-1 y 368-1 del Estatuto Tributario y el artículo 58 de la Ley 1943 de 2018, y se adicionan y sustituyen algunos artículos a la parte 2 del libro 1 del Decreto 1625 de 2016, único reglamentario en materia tributaria.
El decreto en mención también adiciona el artículo que trata sobre el diferimiento de ingresos en los fondos cuyas participaciones son negociadas en bolsa, en el cual establece que el diferimiento de ingreso aplica cuando las participaciones del fondo de capital privado o de inversión colectiva se inscriben en una bolsa de valores inspeccionada por la Superintendencia Financiera, entre otros aspectos.

Decreto 1949 de 25-10-2019

Decreto, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 25 octubre, 2019

A través de la presente norma el Ministerio de Hacienda reguló los aspectos relacionados con el Fondo Dian para Colombia, y a su vez los lineamientos para su implementación.
Cabe resaltar que en la norma se define dicho fondo como un patrimonio autónomo administrado por el Ministerio de Hacienda o por la entidad (o entidades) que este decida y, tendrá por objeto la financiación y/o la inversión del programa de modernización de la Dian, en proyectos relacionados con la gobernanza institucional y transformación del talento humano; control y cumplimiento tributario y aduanero; plataforma tecnológica, sistemas y tecnología, entre otros.

Decreto 1808 de 07-10-2019

Decreto, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 7 octubre, 2019

A través de la presente norma, el Ministerio de Hacienda reglamentó los aspectos relacionados con la retención en la fuente a título de renta y complementario de las personas naturales y los retiros de aportes a fondos de pensiones de jubilación o invalidez y a cuentas de ahorro AFC y AVC.
Cabe resaltar que en cumplimiento de la norma contenida en la nueva versión del artículo 55 del ET, modificado por el artículo 23 de la Ley de financiamiento 1943 de 2018, el Decreto 1808 de 2019 establece que los aportes obligatorios al sistema general de pensiones serán tratados como ingresos no constitutivos de renta ni ganancia ocasional, mientras que los aportes voluntarios solo serán tomados como un ingreso no constitutivo de renta ni ganancia ocasional para el aportante hasta un monto que no exceda el 25 % del ingreso laboral o anual tributario, y que no supere el equivalente a 2.500 UVT ($85.675.000).
Dentro de los cambios efectuados por la presente norma, es preciso destacar la modificación aplicada a la depuración de la base de cálculo de la retención en la fuente sobre los pagos o abonos en cuenta percibidos por las personas naturales por conceptos como el de rentas de trabajo.

Decreto 1807 de 07-10-2019

Decreto, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 7 octubre, 2019

A través de la presente norma, el Ministerio de Hacienda reglamentó los aspectos relacionados con la exclusión y exención del IVA de bienes importados y comercializados en Amazonas, Guainía, Guaviare, Vaupés y Vichada, bienes de los que trata el artículo 272 de la Ley 1955 de 2019.
Así pues, fijó los controles tributarios y aduaneros al momento de la aplicación de la exención y exclusión en mención, así como estableció los documentos soporte necesarios para la solicitud de la devolución o compensación del IVA de los productores de bicicletas, motocicletas y motocarros comercializados en estos departamentos.

Decreto 1719 de 19-09-2019

Decreto, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 19 septiembre, 2019

De conformidad con lo establecido en el artículo 2.6.10.2.3 del Decreto 2555 de 2010, les corresponde a las administradoras del sistema general de pensiones proporcionarles a los afiliados información completa acerca de la posibilidad de obtener la pensión especial de vejez por un hijo o hija en condición de discapacidad, esto en el régimen de ahorro individual con solidaridad. Igualmente, deben informar sobre la existencia de una pensión de vejez a cualquier edad, con la suficiencia de capital a la que hace referencia el artículo 64 de la Ley 100 de 1993, y de las prestaciones sustitutas en caso de no obtener pensión.
Por lo anterior, el Gobierno nacional emitió el Decreto 1719 de 2019, mediante el cual reglamentó el inciso 2 del parágrafo 4 del artículo 33 de la Ley 100 de 1993 en lo relacionado con la pensión especial de vejez por hijo(a) en condición de discapacidad, estipulando así tres requisitos fundamentales que deben cumplir los afiliados al régimen de ahorro individual con solidaridad para acceder a dicha pensión. A su vez se pronunció frente a la redención anticipada del bono pensional y las causales de suspensión de la pensión especial de vejez.

Decreto 1669 de 12-09-2019

Decreto, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 12 septiembre, 2019

La Ley de financiamiento 1943 de 2018, a través de su artículo 79, modificó al artículo 235-2 del Estatuto Tributario –ET–, otorgándoles el beneficio de renta exenta por un período de siete (7) años a las empresas de la llamada “economía naranja” que obtengan ingresos provenientes del desarrollo de industrias de valor agregado tecnológico y actividades creativas, para lo cual deberán cumplir los requisitos descritos en el numeral 1 del mencionado artículo 235-2 del ET.
Ahora bien, por medio del Decreto 1669 de 2019, el Ministerio de Hacienda reglamentó los incentivos tributarios que aplicarán para las empresas de economía naranja, realizando de esta forma aclaraciones que serán tenidas en cuenta por las sociedades que opten por acogerse a este beneficio, como son la cantidad mínima de empleados y el monto mínimo de inversión con el que deberán contar las sociedades del régimen ordinario que aspiren al beneficio.

Decreto 1422 de 06-08-2019

Decreto, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 6 agosto, 2019

La Ley de financiamiento, en su artículo 98, adicionó el parágrafo quinto al artículo 855 del ET, estableciendo que la Dian podría devolver de forma automática los saldos a favor originados en los impuestos sobre la renta y sobre las ventas. Este mecanismo de devolución de saldos a favor aplicaría para tanto para contribuyentes como para responsables.
Ahora bien, el decreto en mención dictaminó que este mecanismo operará para los contribuyentes y responsables que cumplan tres condiciones, y será la Dian quien proferirá el respectivo acto administrativo que dé derecho a dicha devolución, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de radicación de la solicitud.

Decreto 1370 de 01-08-2019

Decreto, Impuestos, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 1 agosto, 2019

Por el cual se reglamenta el parágrafo del artículo 459 del Estatuto Tributario, y se adicionan unos artículos al Capítulo 7 del Título 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria.

Decreto 1165 de 02-07-2019

Aduanera, Decreto, NORMATIVIDAD Publicado: 2 julio, 2019

El Ministerio de Hacienda, a través del Decreto reglamentario 1165 expedido el 02 de julio de 2019 deroga las disposiciones de los decretos 2685 de 1999, 390 de 2016 y los títulos II y III del 2147 de 2016. La norma en mención consta de 775 artículos que recogen la legislación vigente de las normas previamente mencionadas.
La norma en mención también prevé que en un lapso de 2 años la Dian desarrolle, implemente y habilite el funcionamiento de un nuevo servicio informático electrónico aduanero. A su vez, se estipula que el presente decreto entrará en vigor una vez transcurridos 30 días comunes a partir de la publicación en el diario oficial, plazo en el cual se deberá expedir la respectiva reglamentación.

Descubre más recursos registrándote o logueándote. Iniciar sesión Registro gratuito
, ,