El Ministerio de Hacienda expidió el Decreto 2119 del 15 de diciembre de 2017 con el cual modifica, a partir del 1 de enero de 2018, el artículo 1.2.1.22.9 del capítulo 22 del título 1 de la parte 2 del libro 1 del Decreto 1625 de 2016 único reglamentario en materia tributaria, para reglamentar el numeral 8 del artículo 235-2 del ET relacionado con las rentas exentas a partir del año gravable 2018. Dicho decreto define el concepto de bajo calado y se establecen los requisitos para la procedencia de la renta exenta en la prestación del servicio de transporte fluvial con embarcaciones y planchones de bajo calado.