El no pago oportuno de impuestos, anticipos y/o retenciones origina intereses por mora por cada día calendario de retardo. De este modo, la DIAN mediante su Circular Externa 000003 del 2013, estableció la fórmula para determinar el valor de los intereses moratorios.
El no pago oportuno de impuestos, anticipos y/o retenciones genera sanción por mora, lo cual implica la liquidación y pago de intereses moratorios conforme a la tasa de usura por cada día calendario de retardo, además de existir la posibilidad de que se le actualice el valor de la sanción.