En términos generales, el Decreto 867 de 2014 no aporta nada nuevo a lo que la Ley 21 de 1982, Ley 71 de 1988 y Ley 789 de 2002 ya habían fijado con respecto a la afiliación, administración y tarifas de las obras y programas sociales de las Cajas de Compensación Familiar para los empleados, excepto los de cuota monetaria, sólo que en esta ocasión se aplica a los pensionados.