En este capítulo se explica que las personas naturales ya no tendrán NIT sino NISS. El art. 16 de la Ley 1607 modificó el art. 555-1 del E.T. agregándole un parágrafo en el que se indica que las personas naturales, no incluye sucesiones ilíquidas, ya no se identificarán con NIT.
Capítulo donde se enumeran y explican los cambios en la clasificación de los bienes y servicios. Los arts. 38, 39, 40, 45 a 49, y el 198 de la Ley 1607 terminaron modificando, agregando y derogando varias normas comprendidas entre los arts. 424 hasta 498 del E.T. Los resultados más importantes de esos cambios se tocan en esta conferencia.
Se explican los cambios en retención a título de renta. El art. 198 de la ley derogó al art. 13 de la Ley 1527 de 2012. Al mismo tiempo, el art. 13 de la Ley modificó el art. 383 del E.T. para decir que la tabla allí contenida se aplicaría a todos los empleados del art. 329. Por tanto lo tanto y de acuerdo al Decreto 099 de enero 25 de 2013, la tabla se aplica a los pagos de la relación laboral o legal y reglamentaria y a los pagos o causaciones de honorarios o servicios.
Aquí se explican los nuevos criterios para clasificarlas entre residentes o no residentes. Los arts. 2 y 198 de la Ley 1607 modificaron los arts. 9 y 10 del E.T. estableciéndose, para los ejercicios 2013 y siguientes, nuevos criterios con los cuales las personas naturales y sucesiones ilíquidas terminarán siendo clasificadas entre residentes o no residentes y los ingresos y patrimonios que les corresponderá declarar al gobierno Colombiano para efectos del impuesto de renta y el de ganancia ocasional.
Aquí analizamos entre otros temas la clasificación entre entes nacionales y extranjeros. Las sociedades y entes jurídicos serán nacionales si cumplen ciertas características de los artículos 12 y 12-1 del E.T.
Cambios en impuesto de renta en personas jurídicas y responsabilidad con el CREE Analizamos la clasificación entre entes nacionales y extranjeros. Las sociedades y entes jurídicos serán nacionales si cumplen ciertas características de los artículos 12 y 12-1 del E.T. Cambios en impuesto de renta en personas naturales y sucesiones ilíquidas Se explican los nuevos […]
El Gobierno de Brasil, nuestro vecino gigante le ha salido adelante al paso para la prevención del lavado de dinero y hasta ahora es el único País de Sur América que acaba de producir una fuerte resolución contra ese delito que corroe las altas esferas de la sociedad , la Resolución la COAF 24/2013.
Algunas empresas incluyen en sus contratos de trabajo o en reglamentos de trabajo como causas de despido, el embargo de salarios. Dicha causal no es válida, es ineficaz y como tal, el despido por esa causa sería ilegal.
El próximo lunes 15 de abril, de 4:00 a 6:00 pm, el Dr. Diego Guevara, Líder de Información Contable y Tributaria estará respondiendo inquietudes sobre Información Exógena Tributaria, Año Gravable 2012. Vale la pena decir que este mismo consultorio lo estaremos retransmitiendo el martes 16 de abril de 10:00 am a 12:00, en caso tal […]
El próximo sábado 13 de abril, a partir de las 9:00 am y hasta las 12:00 m, el Dr. Diego Guevara, Líder de Información Contable y Tributaria estará respondiendo inquietudes sobre Declaración de Renta, Personas Jurídicas, Año Gravable 2012. Este mismo consultorio lo estaremos retransmitiendo el lunes 15 de abril de 9:00 am a 12:00, […]
Supersociedades. Certificación sobre garantía para celebrar acuerdo de pago con la DIAN sobre obligaciones pendientes a su favor.
Innovar es la creación o modificación de un producto, servicio, método de producción o administración para introducirlo en un mercado existente o en un nuevo mercado.