DIAN. Autorretención. Base.
Hasta el año 2014 la contabilidad para efectos legales se basará en los Decretos 2649 y 2650. A partir del 2015 no existirá Plan de Cuentas, el cual deberá prepararse con los nuevos requerimientos, y la contabilidad tendrá un nuevo marco legal, el Decreto 2706 de 2012.
Al expedirse el Decreto 1851 de 2013, los representantes legales y contadores de entidades financieras pertenecientes al Grupo 1, certificarán, de conformidad con la Ley 222 de 1995, el cumplimiento de los Decretos 2784 de 2012 y 1851 de 2013, pero no de las NIIF (IFRS). Lo mismo en el dictamen de revisor fiscal.
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