El numeral 3º del artículo 179 de la Ley 1607 de 2012 enumera las sanciones de la UGPP:retraso en la entrega de información (5 UVT diaria), se hacen liquidaciones parciales por periodos consecutivos no mayores a 180 días hasta la entrega de la información, otras sanciones son aplicables en periodos que van a partir de 2013, acto que informa de su liquidación es informativo, se puede aclarar directamente o mediante derecho de petición.
Según el artículo 30 de la Ley 1393 se ratifica la validez de los pactos de exclusión salarial, solo aplica para aportes a seguridad social. Para estos efectos el salario debe constituir el factor predominante (60%) de la retribución laboral, esta limitación solo es un supuesto legal que impone una limitación razonable.
La Corte Constitucional afirma que el término contribución parafiscal hace relación a un gravamen especial, distinto a los impuestos y tasas. En segundo lugar, que dicho gravamen es fruto de la soberanía fiscal del Estado, que se cobra de manera obligatoria a un grupo, gremio o colectividad, cuyos intereses o necesidades se satisfacen con los recursos recaudados. En tercer lugar, se puede imponer a favor de entes públicos, semipúblicos o privados que ejerzan actividades de interés general.
El Decreto 5021 de 2009 plantea la estructura de la UGPP en Dirección Jurídica, Estrategia y Evaluación, Seguimiento y Mejoramiento de Procesos, Dirección de Pensiones y Dirección de Parafiscales, entre otros.
La UGPP se creó para administrar los regímenes pensionales Colpensiones y fiscalizar el oportuno y completo pago de las contribuciones para la protección social. Su creación unificó por primera vez la fiscalización y recaudo de los aportes al sistema general de seguridad social.
Consejo Técnico de la Contaduría Pública. Solicitud de respuesta a un derecho de petición radicado en la JCC.
Consejo Técnico de la Contaduría Pública. ¿Es necesario realizar avalúos a PPE bajo 2649?.
Consejo Técnico de la Contaduría Pública. ¿Cuando empiezan los registros contables bajo NIIF a nivel de documento fuente?.
De acuerdo con el numeral 1 del artículo 132 del CST: El empleador y el trabajador pueden convenir libremente el salario en sus diversas modalidades como por unidad de tiempo, por obra, o a destajo y por tarea, etc., pero siempre respetando el salario mínimo legal o el fijado en los pactos, convenciones colectivas y […]
De acuerdo al Artículo 128 del CST: “No constituyen salario las sumas que ocasionalmente y por mera liberalidad recibe el trabajador del empleador, como primas, bonificaciones o gratificaciones ocasionales, participación de utilidades, excedentes de las empresas de economía solidaria y lo que recibe en dinero o en especie no para su beneficio, ni para enriquecer […]
De acuerdo al artículo 127 del CST: “Constituye salario no sólo la remuneración ordinaria, fija o variable, sino todo lo que recibe el trabajador en dinero o en especie como contraprestación directa del servicio, sea cualquiera la forma o denominación que se adopte, como primas, sobresueldos, bonificaciones habituales, valor del trabajo suplementario o de las […]
En el artículo 230, el Código Sustantivo de Trabajo indica sobre el suministro de calzado y vestido de labor que: