Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Derecho Comercial

Resolución 453 del 18-03-2020

Derecho Comercial, NORMATIVIDAD, Resolución Publicado: 18 marzo, 2020

A través de la Resolución 453 de 2020, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo adopta como medida sanitaria preventiva del COVID-19 la clausura de los establecimientos y locales comerciales, de esparcimiento, diversión, baile, entretenimiento, entre otros.
A su vez, determina que los establecimientos de comercio que presten servicios de comida y bebidas deberán suspender la atención presencial al público, no obstante, podrán continuar con la prestación de sus servicios a través del comercio electrónico y entregas a domicilio.

Circular 100-000002 del 17-03-2020

Circular, Derecho Comercial, NORMATIVIDAD Publicado: 17 marzo, 2020

Mediante la Circular 100-000002 del 17 de marzo de 2020, la Superintendencia de Sociedades estableció las instrucciones y recomendaciones a las sociedades supervisadas frente al desarrollo de reuniones no presenciales del máximo órgano social y al ejercicio del derecho de inspección virtual.

Circular Externa 10-000002 de 17-03-2020

Circular, Derecho Comercial, NORMATIVIDAD Publicado: 17 marzo, 2020

Como estrategia de prevención ante la propagación del coronavirus (COVID-19) en Colombia, la Superintendencia de Sociedades emitió la presente circular para difundir las instrucciones y recomendaciones dirigidas a los supervisados frente al desarrollo de reuniones del máximo órgano social.

Así, a partir de lo estipulado en el Decreto 398 de 2020, la Supersociedades reiteró la alternativa de reuniones no presenciales para efectos de dar cumplimiento a la obligación legal de realizar reuniones ordinarias del máximo órgano social al menos una vez al año (ver artículos 181 y 422 del código de comercio). De acuerdo con la Superintendencia, esta metodología podrá utilizarse siempre y cuando se cuente con el número de participantes no presenciales necesarios para deliberar en cumplimiento con lo determinado en la ley o los estatutos, y si, además, se aplican correctamente las reglas en materia de convocatoria, quorum y mayorías previstas en la ley o los estatutos.

Circular Externa 100-000003 de 17-03-2020

Circular, Contaduría Pública, Derecho Comercial, NORMATIVIDAD Publicado: 17 marzo, 2020

Como parte de las medidas que se han tomado en la entidad en el marco de la emergencia sanitaria, y entendiendo la actual situación de contingencia en que se encuentra el país para prevenir y contener el COVID-19, la Superintendencia de Sociedades tomó la determinación de modificar el calendario para la presentación de los estados financieros de las empresas con corte al 31 de diciembre de 2019.
De esta forma, la presentación de estados financieros prevista para iniciarse el próximo 30 de marzo se iniciará desde el martes 14 de abril hasta el martes 12 de mayo, de acuerdo con los dos últimos dígitos del NIT de la empresa sin el número de verificación.

Decreto 411 de 16-03-2020

Decreto, Derecho Comercial, NORMATIVIDAD Publicado: 16 marzo, 2020

A través del Decreto 411 de 2020, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo estableció medidas transitorias con respecto al régimen de las zonas francas, a razón de la emergencia sanitaria relacionada con el coronavirus (COVID-19).

El decreto establece que el usuario operador de la zona franca podrá autorizar a los empleados de esta zona, así como a los usuarios calificados o autorizados, para que realicen su labor fuera del área declarada como zona franca permanente o permanente especial, bajo cualquier sistema que permita realizar el trabajo a distancia, que involucre mecanismos de procesamiento electrónico de información y el uso permanente de algún medio de telecomunicación para el contacto entre el trabajador y la empresa.

Resolución 100-000938 de 16-03-2020

Derecho Comercial, NORMATIVIDAD, Resolución Publicado: 16 marzo, 2020

Como medida preventiva ante la rápida propagación del coronavirus (COVID-19) en Colombia, la Superintendencia de Sociedades declaró la suspensión de términos para la ejecución de los procesos judiciales de procedimientos mercantiles y de procedimientos de insolvencia que se tramitan actualmente ante la entidad.

Esta medida transitoria operará entre el 17 y el 22 de marzo de 2020 para los procesos que se adelanten en las sedes de Bogotá y las intendencias regionales de la Superintendencia de Sociedades.

Circular 2020-01-106333 de 16-03-2020

Circular, Derecho Comercial, NORMATIVIDAD Publicado: 16 marzo, 2020

A raíz de la alerta de seguridad sanitaria emitida por la rápida expansión del coronavirus (COVID-19) en Colombia, la Superintendencia de Sociedades estableció el protocolo para la realización de audiencias que deban ser desarrolladas en las diferentes sedes de la entidad.

De acuerdo con la circular en comento el protocolo adoptado consiste, entre otras disposiciones, en restringir el acceso a los espacios de atención al público cuando las personas presenten afecciones respiratorias o fiebre; ubicar a los asistentes a las audiencias de manera que haya cuatro sillas de distancia entre los asistentes ubicados en una misma fila y se deje una fila de asientos sin ocupar para que los asistentes no se ubiquen nunca detrás de otros; y, además, en cada sala deberán estar las personas que sean estrictamente necesarias, si estas son más de 15 se dispondrá otra sala con los mecanismos necesarios para su participación.

Decreto 398 de 13-03-2020

Decreto, Derecho Comercial, NORMATIVIDAD Publicado: 13 marzo, 2020

A través del Decreto 398 de 2020, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo adicionó al Decreto 1074 de 2015 un capítulo mediante el cual establece los lineamientos que deberán seguir las sociedades comerciales y propiedades horizontales para llevar a cabo la asamblea o junta ordinaria anual de manera virtual.
Lo anterior, con el propósito de permitir que dichas personas jurídicas adelanten las reuniones anuales a las que se encuentran obligadas a realizar en los primeros meses del año por medios no presenciales, es decir, de forma virtual. Esto, debido al estado de emergencia que actualmente atraviesa el país con ocasión a la propagación del coronavirus COVID-19, ante lo cual se emitió el mandato por parte del Gobierno nacional de suspender las reuniones físicas y que conlleven la concentración de más de diez (10) personas.

Decreto 148 de 04-02-2020

Decreto, Derecho Comercial, NORMATIVIDAD Publicado: 4 febrero, 2020

La Ley 1955 de 2019 establece que la gestión catastral es un servicio público cuyo objeto es la adecuada formación, actualización, conservación y difusión de la información catastral, así como los procedimientos del enfoque catastral multipropósito.
Por lo anterior, mediante el Decreto 148 de 2020, el Dane establece las condiciones generales del servicio público de gestión catastral, definiendo los aspectos esenciales de su prestación, tales como: la manera como los gestores y operadores catastrales deben desarrollar sus actividades en la prestación del servicio y las funciones que tendrán las entidades de regulación, inspección, vigilancia y control del servicio público.

Decreto 119 de 28-01-2020

Decreto, Derecho Comercial, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 28 enero, 2020

La ley 1537 de 2012 determina que el acceso a subsidios familiares de vivienda en especie implica el cumplimiento de los requisitos de priorización y focalización que establezca el Gobierno nacional. En el artículo 13 establece tener en cuenta criterios de focalización para el acceso a dichos subsidios, por parte de las poblaciones afrocolombianas e indígenas, el pueblo Rrom y las comunidades raizales.
Por lo anterior, el 28 de enero de 2020, el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio expidió el Decreto 119, mediante el cual establece criterios de focalización para el acceso al subsidio familiar de vivienda en especie para áreas urbanas, por parte de los hogares que pertenezcan al pueblo Rrom o gitano, en atención a su situación de vulnerabilidad.

Oficio 220-000051 de 02-01-2020

Concepto / Oficio, Derecho Comercial, NORMATIVIDAD Publicado: 2 enero, 2020

La Supersociedades concluye que cuando un accionista fallece debe aplicarse el régimen de sucesiones, considerando que se trata de una norma de orden público. También aclara que sí es posible aplicar el régimen de sucesiones en materia testamentaria con el propósito de que el titular de las acciones de la SAS las adjudique a la persona que estime pertinente.
Por otra parte, la entidad en mención recordó que las acciones de una S.A.S. sí pueden estar radicadas en cabeza de una fiducia mercantil, siempre y cuando en el libro de registro de accionistas se identifique a la compañía fiduciaria, para que esta ejerza los derechos inherentes a las acciones, de acuerdo con las instrucciones dadas por el fideicomitente.

Oficio 220-179486 de 31-12-2019

Concepto / Oficio, Derecho Comercial, NORMATIVIDAD Publicado: 31 diciembre, 2019

La Supersociedades reitera que no ha realizado pronunciamientos frente al conflicto de interés de los socios en una compañía, pero sí se ha pronunciado frente a la responsabilidad de los socios; especialmente, con respecto a áreas como las causales de exclusión, los conflictos que suelen ser analizados a la luz del abuso del derecho de voto y la desestimación de la personalidad jurídica.
Asimismo, cabe recordar que los artículos 39, 42 y 43 de la Ley 1258 de 2008, abarcan temas que pueden ser utilizados por la sociedad para encaminar las acciones a fin de proteger los derechos de cada asociado.

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