¿En qué casos no es necesario que un contratante exija el pago de aportes a seguridad social por parte de un trabajador independiente con contrato por prestación de servicios, o siempre se debe solicitar?
El Ministerio de Hacienda publicó en su portal web un proyecto de decreto que reglamentaría el artículo 135 de la Ley 1753 de 2015, en lo referente a la retención, liquidación y giro de los aportes al sistema de seguridad social integral de los contratistas por parte de los contratantes. Este proyecto de decreto estará disponible para comentarios hasta el 14 de agosto de 2017.