El reporte de “Prácticas empresariales” empezó a solicitarse desde los reportes de 2008. Entre 2008 y 2012 se elaboraba con la opción 31 del software STORM USER. Sin embargo, entre 2013 y 2015 el informe se desarrolló con la opción 42 del mismo software.
Al comparar las exigencias de información de los años 2015 y 2016 efectuadas por Supersociedades, se puede comprobar que dicho órgano ha decidido no solicitar a partir de 2016 el extenso reporte de “Prácticas Empresariales” que exigía hasta 2015 para las sociedades vigiladas y controladas.
De acuerdo con las tres circulares que la Supersociedades expidió en noviembre de 2016, solo las sociedades vigiladas, controladas o inspeccionadas que pertenezcan a los grupos 1 y 2 de la convergencia a normas internacionales presentarían a dicha entidad sus reportes del año 2016. Por tanto, se concluiría que las sociedades del grupo 3, aunque sean inspeccionadas, vigiladas o controladas, no tendrían que entregar dichos estados financieros de 2016.