Los técnicos y tecnólogos en el área de la contaduría pública pueden prestar su colaboración en la preparación y presentación de los informes financieros, pero los profesionales en contaduría pública son los únicos autorizados para dar fe pública.
La Dian concluye que, en cuanto a la base gravable especial en materia del impuesto sobre las ventas para servicios de alumbrado público, en el ET no se encuentra definida, de manera que la regla especial del artículo 462-1 del ibídem no puede extenderse a servicios distintos a los señalados, ni a sujetos diferentes.