El CTCP reitera que para el registro del nombramiento del revisor fiscal se deben cumplir 3 condiciones; el acta en la cual conste la elección y nombramiento, acta de posesión y por último la constancia de que acepta la designación como revisor fiscal.
El CTCP se pronuncia frente al tratamiento contable de los activos y el deterioro de cartera de una asociación que presta el servicio público de agua potable en la comunidad, recomendándole a la misma apoyarse en el Decreto 2420 de 2015, donde se compila los decretos reglamentarios de la Ley 1314 del 2009.
El Consejo Técnico de la Contaduría Pública reitera que en la Ley 43 de 1990 se encuentran estipuladas las responsabilidades del contador público.
El CTCP aclara que, independientemente de las sanciones por los impuestos mal liquidados, se presenta una responsabilidad compartida entre el contador público (quien prepara la información) y el revisor fiscal (ente de revisión).
En el anexo n.° 4 del DUR 2420 de 2015 se compendian las Normas de Aseguramiento de la Información, el Código de Ética para profesionales de la contaduría pública y la Norma Internacional de Control de Calidad NICC 1, contenidos necesarios para el desarrollo de las prácticas propias de la revisoría fiscal.
El CTCP reitera que las entidades que cuenten con menos de 10 trabajadores se clasifican en el grupo 3, como es el caso de la ESPD consultante, y deberán aplicar el marco de principios contenido en el anexo 3 del Decreto 2420 de 2015.
El CTCP reitera que en la Ley 43 de 1990 se encuentra definida la obligatoriedad de tener revisor fiscal, y en el Código de Comercio se encuentran relacionadas las funciones del mismo.
El CTCP reitera que el revisor fiscal deberá tener y demostrar absoluta independencia mental y de criterio con respecto a cualquier interés que pudiere considerarse incompatible con los principios de integridad y objetividad. El ex revisor fiscal de una entidad que firma con la misma un contrato por outsourcing.
Las sociedades de contadores públicos deberán inscribirse en la Junta Central de Contadores, dentro de los 90 días siguientes a la fecha de su constitución o registro en cámara de comercio; es esta quien ejercerá vigilancia sobre dicha sociedad.
El CTCP reitera que los contadores para garantizar la confianza pública en sus certificaciones, dictámenes u opiniones, deberán cumplir estrictamente con las disposiciones legales y profesionales, entre otras
En las relaciones contractuales del contador público y los usuarios de sus servicios, se debe tener en cuenta lo estipulado en la Ley 43 de 1990 y según el contrato establecido, ya sea contrato de servicio o contrato laboral.
El Consejo Técnico de la Contaduría Pública, mediante el presente concepto, reitera que las relaciones contractuales entre los contadores públicos y los usuarios de sus servicios se regulan bajo lo estipulado en la Ley 43 de 1990 y las obligaciones y derechos pactados bajo contrato.