Los clubes regularmente cobran derechos de afiliación que pueden o no ser reembolsables o transferibles. Los derechos reembolsables en la liquidación o transferibles tienen connotación de patrimonio y corresponden a aportes permanentes, es decir, activos netos no restringidos. Por el contrario, los aportes reembolsables tienen la connotación de pasivo y no corresponden a activos netos. Las cuotas de sostenimiento o administración son contribuciones que hacen parte de los ingresos y, por consiguiente, también del activo neto sin restricciones. En consecuencia, el club social y deportivo sin ánimo de lucro deberá contabilizar la venta de derechos y traspaso de asociados como patrimonio, activo no restringido, pasivo, ingreso o gasto de acuerdo con la naturaleza de la operación; si son considerados ingresos, la entidad deberá establecer la política de reconocimiento de aquellos, ya que deberá diferirse o reconocerse inmediatamente de acuerdo con las obligaciones que esté asumiendo con cada socio.