DIAN. El comunicado aborda los siguientes temas: solicitud de devolución y/o compensación, saldos a favor improcedentes, liquidados en declaraciones que ya se encuentran en firme. Carácter de los renglones 86 a 94 del formulario 300. Y, término para proferir auto declarativo en declaraciones en firme con saldo a favor.
DIAN. El rechazo definitivo de una solicitud de un saldo a favor generado en una declaración tributaria, implica que el interesado no puede volver a solicitar dicho saldo a favor en devolución, sin que ello signifique necesariamente que ese saldo no puede ser imputado en la declaración siguiente.