Los siete conglomerados financieros con holding domiciliado en Colombia sujetos a las disposiciones de la Ley 1870 de 2017 cumplen con un nivel adecuado de capital.
¿Los dividendos o participaciones distribuidos por entidades no residentes en Colombia a una empresa perteneciente al régimen de compañías holding colombianas –CHC– están exentos del impuesto sobre la renta?
¿Qué aspectos fiscales deben ser considerados por las compañías holding colombianas?
Regulación de holding financieros es relativamente nueva. Es necesaria la implementación de la ley con énfasis en vigilancia y control.
Se dice que la conformación de este grupo implicaría privatización de las empresas que lo integran y despido de trabajadores.
16 empresas en las que el Estado tiene participación accionaria constituyen el Grupo Financiero Bicentenario, creado con el Decreto 2111 de 2019.
Según el ministro de hacienda, este no afectará los derechos laborales, ni desvinculará trabajadores; tampoco busca remitir dineros al sector privado.
Existen entidades de primer piso con unos capitales de alrededor $2,6 billones, de segundo piso con un capital de aproximadamente $11 billones y entidades que hacen fiducia con un capital de más o menos medio billón.