Ni huelleros físicos ni electrónicos podrán ser utilizados para la realización de trámites, mientras dure la emergencia electrónica.
En su Concepto 133248 del 24 de julio del 2015, el Ministerio del Trabajo confirma que los empleadores pueden usar el sistema de huella digital para controlar el horario de los empleados, siempre y cuando así lo exprese el código interno laboral.