Para que los gremios y asociaciones de trabajadores independientes puedan realizar afiliaciones colectivas al Sistema de Seguridad Social Integral –SSSI–, deben contar con la autorización previa del Ministerio de Salud y Protección Social.
El pago de las horas extras diurnas y nocturnas, los recargos por trabajo en domingo o festivo, las comisiones por ventas y demás pagos que realice el empleador al trabajador por labores suplementarias que éste ejecute, hacen parte del salario. Por tal razón, es deber del empleador incluirlas en el Ingreso Base de Cotización –IBC.