Contribuyentes del régimen ordinario deben normalizar sus activos omitidos o pasivos inexistentes poseídos a enero 1 del año en curso. Ya se han acogido 929 personas. En este especial, explicamos todo lo que se debe tener en cuenta alrededor de este impuesto.
Gobierno espera recaudar a través de este impuesto un billón de pesos y que un total de 5.000 personas se acojan hasta el 25 de septiembre, fecha que se cumple el plazo.
Hasta el 25 de septiembre de 2019 tendrán plazo los contribuyentes del régimen ordinario para normalizar sus activos omitidos o pasivos inexistentes poseídos a enero 1 del año en curso. Tal normalización deberá efectuarse mediante el formulario 445 dispuesto por la Dian.
El tratamiento contable, fiscal y financieros que debe darse a la base gravable del nuevo y transitorio impuesto de normalización tributaria genera efectos patrimoniales dado el reconocimiento de los activos omitidos o pasivos inexistentes dentro del concepto de utilidades retenidas.
Mediante la presente doctrina, la Dian reconsidera los conceptos 001389 y 001582 de 2019, en lo relacionado con el impuesto complementario de normalización tributaria.
El tratamiento contable, fiscal y financiero que debe darse a la base gravable del nuevo y transitorio impuesto de normalización tributaria pudiera ser sustancialmente diferente, según las causas que dieron origen a los activos omitidos, pasivos inexistentes o bienes por valor inferior al de mercado.
La preparación de las declaraciones de renta de las personas naturales por el año gravable 2018 deberá atender no solo los cambios que trajo la Ley 1819 de 2016 sino también los derivados de sus decretos reglamentarios y la aparición de la Ley de financiamiento. Seguimos analizando novedades.
La Ley 1943 de 2018 creó el impuesto de normalización tributaria, el cual tendrá que declararse y pagarse el 25 de septiembre de 2019. Las entidades que posean activos omitidos deben corregir esta situación en los estados financieros que presenten en 2019, pues esto corresponde a un error contable.
Cada vez que se presenta una reforma tributaria el Gobierno sabe lo que expone, mas no lo que saldrá una vez el Congreso dé su visto bueno, por la cantidad de componendas y el proceso de cabildeo del cual se ve permeado. Este es el primer paso para que la estructura tributaria del país se fragmente.
El artículo 48 de la Ley 1943 de 2018 y el Decreto 874 de 2019 permiten hacer un saneamiento fiscal para los activos fijos poseídos por más de dos años, que se hayan declarado por un valor inferior al del mercado. Sobre el mayor costo fiscal reconocido se tendría que pagar un 13 %.
El impuesto de normalización tributaria se creó mediante los artículos 42 a 49 de la Ley 1943 de 2018, y tendrá que declararse, liquidarse y pagarse antes del 25 de septiembre de 2019. Las entidades que tengan activos omitidos o pasivos inexistentes deben corregir esta situación en su contabilidad.
Las correcciones provocadas por la administración y el impuesto complementario de normalización tributaria son dos beneficios instaurados mediante la Ley 1943 de 2018, cada uno con características y requisitos para quienes deseen acceder a los mismos. A continuación, los describimos detalladamente.