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Por medio del Decreto 728 de mayo 12 de 2022 se fijó en 3,21 % la tasa anual de interés presuntivo mínimo que durante el 2022 deberán calcular las sociedades o socios que realicen préstamos en dinero a su contraparte, pero solo si pertenecen al régimen ordinario.
Conoce más a continuación.
Debe tenerse claridad sobre las condiciones de los préstamos entre socios y sociedades comerciales, pues podría haber lugar al cálculo de interés presuntivo.
En este caso de estudio analizamos aspectos clave sobre la contabilización de esta clase de presunciones.
Según el artículo 35 del ET, cuando la sociedad presta dinero a sus socios sin el cobro de intereses o por debajo del interés presunto, se deben calcular intereses presuntivos.
Conoce aquí la tasa para calcular el valor de los rendimientos presuntivos durante 2021.
Durante el 2022 deberán liquidarse los rendimientos presuntivos de acuerdo con las especificaciones del artículo 35 del ET.
Esta figura aplica para las sociedades que prestan a sus socios o cuando estos le hacen préstamos a la empresa sin el cobro de intereses.
Conoce aquí la tasa para 2022.