En julio del 2005 me prestaron $700.000 respaldados en una letra de cambio, la cual solo se llenó el valor en números y letras. Los otros campos quedaron en blanco. Inicié a pagar en agosto del 2005 y la terminé de pagar en abril del 2007. El pago se efectuó en consignaciones y no me entregó la letra ya que según se le había envolatado. La señora me demandó y le gané la demanda por prescripción. Después de dos años de la sentencia me demanda de nuevo por detrimento sin causa.
Si al momento de ingresar a una entidad de salud y no tiene como pagar la atención prestada, a usted no lo pueden privar de la libertad porque sería un secuestro. Tenga en cuenta que la suscripción de títulos valores, llámese letras o pagarés, aplica para estos casos.
El pagaré no es sólo para prometer el pago de una suma de dinero sino que también podría ser usado como garantía para otros asuntos. De tal manera que si dejan espacios en blanco como valores, intereses, etc., es obligatorio que el deudor deje suscrito Carta de Instrucciones para que el tenedor lo pueda llenar. Una herramienta muy útil en el mundo de los negocios.
Un almacén da crédito en la compra de sus productos. Ellos elaboran una letra de cambio en papel membreteado por ellos. Cancelada la factura, ellos se niegan a devolver la letra de cambio diciendo que eso es papelería de la empresa. ¿Es legal, me deben devolver la letra que firme?
Gran parte de los acreedores una vez los deudores cancelan su obligación, manifiestan que la deuda ya ha sido cancelada y entregan un certificado de paz y salvo. Ojo, deben devolver el Título Valor suscrito por el deudor.
Una letra de cambio autenticada, ¿tiene el mismo valor que una letra de cambio que no está autenticada?
¿Cuándo se convierte la factura de venta en una letra de cambio?
Algunos empleadores obligan al trabajador a firmar pagarés y letras de cambio en blanco como condicionamiento para contratarlos, esto, como supuesta garantía en caso de daños que pueda ocasionar el trabajador cuando esto está totalmente prohibido.