Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Etiqueta: libro de socios

Oficio 220-146676 de 19-07-2017

Concepto / Oficio, Derecho Comercial, NORMATIVIDAD Publicado: 19 julio, 2017

Cuando una sociedad atraviesa un proceso de transformación, cambia el tipo, pero no la identidad de esta; por lo anterior, al tratarse de una misma persona jurídica que no ha sido disuelta, ni liquidada y a través de la cual una misma persona jurídica continúa explotando el objeto para el cual fue constituida, es posible que se sigan empleando los libros correspondientes en las hojas que existan sin utilizar, aunque con los ajustes del caso, incluidos los libros de socios y de actas. Por tanto, en el entendido que la transformación no impone per se ningún tratamiento en particular con los libros, ni procedimiento legal a seguir, es pertinente remitirse a las disposiciones generales que aplican en la materia, de donde se tiene que al tenor del artículo 49 del Código de Comercio, cuando se haga referencia a los libros de comercio se entenderán por tales los que determine la ley como obligatorios y los auxiliares necesarios para el completo entendimiento de aquellos, esto, en concordancia con lo determinado por el artículo 195 del mismo Código de Comercio, y el artículo 125 y siguientes del Decreto 2649 de 1993.

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