Los criterios de unidad de cuenta y plan de cuentas (que incluye códigos contables y dinámicas) no se encuentran expresados taxativamente en los nuevos marcos técnicos normativos, por lo que queda a libertad del elaborador de los estados financieros definir su estructura, de acuerdo con los criterios de presentación y revelación establecidos en los marcos técnicos normativos vigentes.
El Consejo Técnico de la Contaduría Pública no tiene facultades para imponer sanciones a los contadores; sin embargo, es válido aclarar que deben aplicarse los marcos técnicos normativos vigentes para la elaboración de los estados financieros.