Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Etiqueta: negocios permanentes en Colombia

Oficio 220-293681 de 21-12-2017

Concepto / Oficio, Derecho Comercial, NORMATIVIDAD Publicado: 21 diciembre, 2017

La Supersociedades precisa que para que una sociedad extranjera pueda emprender negocios permanentes en Colombia, deberá establecer una sucursal de la sociedad con domicilio en el territorio nacional, con el lleno de los requisitos tanto jurídicos como económicos, descrito en los artículos 471 y 472 del Código de Comercio. Uno de los requisitos que se exigen en el acto de incorporación, es establecer el monto del capital asignado por la matriz, con el cual la sucursal de la sociedad emprenderá las actividades permanentes en Colombia. Así pues, la sociedad extranjera previo a la incorporación, deberá acreditar que el capital asignado esté debidamente cubierto; de lo contrario estaría contraviniendo normas de orden imperativo, como las previstas en el título VIII del Código de comercio.

Oficio 220-129366 de 10-07-2017

Concepto / Oficio, Derecho Comercial, NORMATIVIDAD Publicado: 10 julio, 2017

Cuando los documentos notariales conciernan a actos propios de personas jurídicas extranjeras que no tengan negocios permanentes en Colombia respecto de las cuales deba acreditarse su existencia, la apostilla no suplirá la exigencia del artículo 480 del Código de Comercio, por lo que le correspondería al notario verificar con los documentos que le sean presentados si la sociedad existe y ejerce su objeto social y certificar acerca de dicha circunstancia.

Descubre más recursos registrándote o logueándote. Iniciar sesión Registro gratuito
, ,