Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Etiqueta: numeración consecutiva de facturación

Concepto 033242 de 12-12-2017

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 12 diciembre, 2017

Por regla general, los obligados a expedir factura están sujetos a la autorización de numeración, pero se les exceptúa de este control si expiden documentos equivalentes, a menos que se trate de los tiquetes expedidos a través de máquinas registradoras P.O.S o factura electrónica. Lo anterior quiere decir que si un responsable del régimen común obligado a expedir factura o documento equivalente, factura por talonario y expide tiquetes de máquinas registradoras PLU, debe solicitar autorización de numeración en relación con las facturas por talonario, acorde con las disposiciones de la Resolución 000055 de 2016, pero no requiere esta autorización en relación con los tiquetes que expida a través de máquinas registradoras PLU; no obstante, aunque este último no requiera autorización, sí debe contener numeración consecutiva, esto, según los establecido para este tipo de documentos en el literal b) del numeral 1 del artículo 6 del Decreto 1165 de 1996.

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