Desde julio 01 de 2017 se empezó a generar el impuesto al consumo de las bolsas plásticas, tributo del que son responsables las personas naturales y jurídicas que pertenezcan al régimen común del IVA y que entreguen bolsas plásticas a sus clientes para el transporte de mercancías.
En su Concepto 017806 de 2017 la Dian reitera que solo son responsables del impuesto a las bolsas plásticas los pertenecientes al régimen común del IVA, además aclara que tanto para dicho impuesto como para el impuesto al consumo de cannabis no aplica el régimen simplificado de impoconsumo.
En lo referente a cuáles bolsas plásticas dan lugar al impuesto nacional al consumo de bolsas plásticas, quiénes son responsables del INCBP, quiénes no, y los aspectos introducidos por la reforma tributaria que aún no están reglamentados, la Dian el 04 de agosto emitió cuatro oficios.